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52 NORMAS LEGALES Sábado 11 de agosto de 2018 / El Peruano Regulación Contable y de Auditoría de los Sistemas Supervisados del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 12 al 17 de agosto de 2018 a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 923.56 Viáticos US$ 1 850.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1679251-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Otorgan autorización a Pesquera Exalmar S.A.A. para de sarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en planta térmica ubicada en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL Nº 139-2018-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-GRDE Callao, 25 de julio de 2018VISTOS:El expediente Nº 015565, sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación eléctrica, presentada por la empresa Pesquera EXALMAR S.A.A y los Informes Nº 182-2018-GRC-GRDE/OCTEM y Nº 043-2018-GRC-GRDE/OCTEM/MEHM; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento con Registro Nº 015565, de fecha 03 de julio de 2018, PESQUERA EXALMAR S.A.A solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación eléctrica, con una potencia instalada de 2,413 MW, en su planta térmica ubicada en el distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, cuyas coordenadas UTM (WG84) fi guran en el expediente; Que la O fi cina de Comercio, Turismo, Energía e Hidrocarburos, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, luego de veri fi car que la peticionaria cumple con los requisitos establecidos en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, emite el Informe Nº 182-2018-GRC-GRDE/OCTEM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo inde fi nido a favor de PESQUERA EXALMAR S.A.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de su planta térmica, con una potencia instalada de 2,413 MW, ubicada en el distrito de Callao, Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Disponer que PESQUERA EXALMAR S.A.A. opere cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución gerencial regional en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARTURO RAA TRESIERRA Gerente Regional de Desarrollo Económico 1679600-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen incorporación de personal de COFOPRI al Gobierno Regional Lambayeque RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 256-2018-GR.LAMB/GR 1 de agosto de 2018VISTO:El O fi cio Nº 000948-2018-GR.LAMB/GRA de fecha 24 de julio de 2018; el O fi cio Nº 000952-2018-GR.LAMB/GRA de fecha 25 de julio de 2018; el Informe Legal Nº000442-2018-GR.LAMB/ORAJ de fecha 31 de julio de 2018; y; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 000948-2018-GR.LAMB/ GRA de fecha 24 de julio de 2018, el Gerente Regional de Agricultura solicita se emita resolución ejecutiva regional formalizando la incorporación del personal proveniente de COFOPRI al Gobierno Regional Lambayeque, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.8 del Decreto Supremo Nº040-2010-PCM; asimismo, mediante Ofi cio Nº000952-2018-GR.LAMB/GRA de fecha 25 de julio de 2018, se remite la relación del personal objeto de la incorporación. Que, por Resolución Ministerial Nº 051-2018-VIVIENDA de fecha 09 de febrero de 2018, se declara concluido el proceso de efectivización de la transferencia al Gobierno Regional de Lambayeque, de las competencias de la función especí fi ca prevista en el literal n) del artículo 51 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, considerada en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM y modi fi cado por Decreto