Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2018 (07/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 7 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1720883-1

Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores de Ambiental, Educación, Salud y Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2018-PRODUCE Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 468-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1574-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 476-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° 1560-2018-PRODUCE/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038 Ministerio de la Producción; Que, el Decreto Supremo N° 157-2012-EF, aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y señala entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la

Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y en el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente año fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone entre otros, que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda; Que, mediante Oficio N° 468-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 108-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor de seis (06) entidades públicas, vinculadas a los Sectores de Ambiental, Educación, Salud y Defensa, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 27/100 SOLES (S/ 534 889,27), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, el importe de S/ 484 230,76 y en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito el importe de S/ 50 658,51, destinados a efectuar los desembolsos a los proyectos: i) 02 a Proyectos de "Investigación Básica" ­ IB; ii) 10 a Proyectos de "Investigación Aplicada" ­ IA; iii) 02 a Proyectos Vinculados a "Becas de Repatriación de Investigadores" ­ BRI, iv) 01 a Innovación social 2 reto 1. Mejorar el acceso y la gestión de agua saludable y segura en la Amazonía ­ ISASS; y, V) 01 a proyectos de I+D+i ­ Reto BIO ­ IDIBIO, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1574-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina de General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 476-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su Oficina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores de Ambiental, Educación, Salud y Defensa, hasta por la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 27/100 SOLES (S/ 534 889,27), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios el importe de S/ 484 230,76 y en la fuente de financiamiento Recursos

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