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45 NORMAS LEGALES Viernes 7 de diciembre de 2018 El Peruano / General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, y la O fi cina de Imagen y Comunicación Estratégica, deberán efectuar las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES (www.migraciones.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA Superintendente Nacional (e) 1720906-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez Mixto titular de la Provincia de Palpa, Distrito Judicial de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 223-2018-P-CE-PJ Lima, 4 de diciembre de 2018VISTA:La solicitud de renuncia irrevocable presentada por el señor Elmer Adolfo Salas Miranda, Juez Mixto titular de la Provincia de Palpa, Distrito Judicial de Ica, con certi fi cación de fi rma ante Notario Público de Ica; por razones de salud. CONSIDERANDO:Primero. Que el señor Elmer Adolfo Salas Miranda argumentando razones de salud formula renuncia al cargo de Juez Mixto de la Provincia de Palpa, Distrito Judicial de Ica, nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 292-84-JUS, del 3 de julio de 1984, como Juez de Primera Instancia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, por Resolución Nº 402-2004-CNM, del 4 de octubre de 2004, fue asignado como Juez Mixto titular del Juzgado Mixto de Palpa, Distrito Judicial de Ica; y rati fi cado por Resolución Nº 029- 2012-PCNM, del 20 de enero de 2012. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia irrevocable formulada por el señor Elmer Adolfo Salas Miranda al cargo de Juez Mixto titular de la Provincia de Palpa, Distrito Judicial de Ica; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución.Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional al señor Elmer Adolfo Salas Miranda, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Gerencia General del Poder Judicial; y al recurrente, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1720694-1 Declaran ganadores del Concurso “Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2018” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 303-2018-CE-PJ Lima, 3 de diciembre de 2018VISTO: El O fi cio N° 132-2018-UGDJ-CE/PJ/J, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que el señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial remite las Actas de Cali fi cación del Concurso “Premio Certi fi cación ISO a las Buenas Prácticas 2018”, por las cuales proclama a los ganadores del mencionado concurso. Segundo. Que mediante Resolución Administrativa N° 136-2018-CE-PJ, de fecha 9 de julio de 2018, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó las “Bases del Concurso Premio Certi fi cación ISO a las Buenas Prácticas 2018”, habilitando el proceso de selección para elegir a los ganadores de buenas prácticas en las siguientes categorías: i) Celeridad y Descarga Procesal. ii) Acceso a la Justicia. iii) Ecoe fi ciencia; y, iv) Atención al Usuario. Así como al ganador al premio Certi fi cación ISO a las Buenas Prácticas 2018, habiéndose conformado el jurado califi cador y determinado los ganadores, como se detalla en el Acta de Cali fi cación de fecha 30 de noviembre de 2018. Tercero. Que, evaluado el documento adjunto, resulta pertinente su aprobación, teniendo en consideración que es política de este Órgano de Gobierno reconocer el desempeño de jueces y servidores de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 82°, inciso 26), del mismo cuerpo legal, que determina como una de sus funciones y atribuciones de este Órgano de Gobierno, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Motivo por el cual, debe emitirse el acto administrativo correspondiente. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 805- 2018 de la trigésimo quinta sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,