Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2018 (07/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 7 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Turismo y Deportes, a fin de mejorar la calidad de vida y bienestar de la comunidad a través del desarrollo de diferentes actividades de recreación, prácticas deportivas y de interés colectivo, disposiciones que alcanzan al público usuario y al personal de la citada subgerencia; Que, con Memorándum Nº 2625-2018-GPP-MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que la propuesta de Reglamento del Servicio de Losas y Polideportivos Municipales, de la Municipalidad de Santiago de Surco, se encuentra enmarcada en el Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Santiago de Surco 2021, resultando conveniente su aprobación por encontrarse dentro de las estratégica y objetivos trazados por la Gestión Municipal; Que, con Informe Nº 841-2018-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la aprobación del Reglamento del Servicio de Losas y Polideportivos Municipales, de la Municipalidad de Santiago de Surco, para lo cual deberá emitirse el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando al Informe Nº 841-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el "REGLAMENTO DEL SERVICIO DE LOSAS Y POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES", de la Municipalidad de Santiago de Surco, que en Anexo I forma parte de la presente Resolución y que consta de cinco (05) Capítulos, dieciocho (18) Artículos. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, y la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deportes, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMÉZ BACA Alcalde 1720016-1

Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad, aprobado con Res. Nº 611-2011-RASS
RESOLUCIÓN Nº 1084-2018-RASS Santiago de Surco, 27 de noviembre del 2018 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 440-2018-GDS-MSS de la Gerencia de Desarrollo Social, los Informes Nros. 274 y 358-2018-SGBS-GDE-MSS de la Subgerencia de Bienestar Social, los Memorándums Nros. 3301, 2405 y 2408-2018-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorándum Nº 201-2018-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Informe Nº 846-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, de la Subgerencia de Bienestar Social; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades -

Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º inciso 42.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60º de la Constitución Política del Perú, y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, mediante Resolución Nº 611-2011-RASS del 16.06.2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera modificado mediante la Resolución Nº 140-2012-RASS del 16.02.2012; la Resolución Nº 730-2015-MSS del 16.07.2015, la Resolución Nº 940-2015-MSS del 11.09.2015, la Resolución Nº 422-2017-MSS del 25.04.2017, la Resolución Nº 517-2017-MSS del 22.05.2017, la Resolución Nº 1138-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución Nº 11592017-MSS del 17.11.2017; La Resolución Nº 1215-2017MSS del 13.12.17, y la Resolución Nº 582-2018-MSS del 14.06.2018; Que, con Memorándum Nº 440-2018-GDS-MSS la Gerencia de Desarrollo Social, adjuntando el Informe Nº 274-2018-SGBS-GDS-MSS ampliado mediante Informe Nº 358-2018-SGBS-GDS-MSS de la Subgerencia de Bienestar Social, solicita la modificación del Texto Único de Servicios no Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco, respecto de la incorporación el servicio de Alquiler de Velatorio, conforme se detalla y sustenta, con la finalidad de mejorar y satisfacer la necesidad de los vecinos; Que, mediante Memorándum Nº 2408-2018-GAF-MSS ampliado con Memorándum Nº 3301-2018-GAF-MSS la Gerencia de Administración y Finanzas, emite el Informe Técnico que sustenta el pedido de incorporación del valor de actualizado del Alquiler del Velatorio, solicitado por la Subgerencia de Bienestar Social; Que, con Memorándum Nº 201-2018-GTI-MSS la Gerencia de Tecnologías de la Información señala que en virtud al Memorándum Nº 2405-2018-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, se procedió a la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, por el terminó de legal, la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­TUSNE, Servicio de Velatorio Municipal; Que, mediante el Informe Nº 846-2018-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica señala, que el Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco aprobado mediante Resolución Nº 611-2011RASS de fecha 16.06.2011, es un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad y estando la propuesta presentada por la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la cual se propone la modificación del TUSNE, en referencia al Servicio Alquiler de Velatorio, resulta procedente efectuar su modificación con la formalidades legales que corresponde; Estando al Informe Nº 846-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modificación en el Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco aprobado con Resolución Nº 611-2011-RASS y sus modificatorias, incorporando los servicios que se brindarán a través de la Subgerencia de Bienestar Social, correspondiente al "Alquiler de Velatorio", sitio en Calle Punta Sal Nº 171, que

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