Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2018 (07/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 7 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
7 8 9 Red de Salud Chucuito Red de Salud Yunguyo Red de Salud Collao Hospital "Rafael Ortiz Ravinez" Juli Hospital Yunguyo Hospital Ilave Hospital San Martin de Porres Macusani Hospital Sandia Hospital "Antonio Barrionuevo" Lampa

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modificado con Ley Nº 27902, "El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo". Que, con Ordenanza Regional Nº 367-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, se aprobó el reglamento que norma la realización de las Audiencias Públicas 2015-2018, en el Gobierno Regional Amazonas, el mismo que precisa en su art. 15º, que "La convocatoria a las Audiencias Públicas Regionales será efectuada por el Presidente Regional mediante Decreto Regional, precisando lugar, día, hora, con una anticipación no menor de veinte (20) días antes de la realización de la misma. Decreto Regional que se publicará en el diario oficial o en el de mayor circulación nacional", por lo que estando a lo normado, se debe emitir el Decreto Regional correspondiente. Con la visación de la Oficina Regional de Asesoría Regional de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, la convocatoria a la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL - 2018, en la que el Gobierno Regional Amazonas, dará cuenta de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizará en: LOCALIDAD : Centro Poblado de San Salvador, Distrito de Santo Tomas, Provincia de Luya. LUGAR : Institución Educativa Nivel Secundario de San Salvador. DÍA : Jueves 27 de Diciembre de 2018 HORA : 09:30 a.m Artículo Segundo.- NOTIFIQUESE, el presente Decreto Regional a las instancias Internas y Órganos descentralizados y desconcentrados del Gobierno Regional Amazonas, así como, publíquese en el Diario Oficial El Peruano. Aprobado y suscrito en San Juna de la Frontera de los Chachapoyas, a los 5 días del mes de diciembre del 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1720667-1

10 Red de Salud Macusani 11 Red de Salud Sandia 12 Red de Salud Lampa

DEBE DECIR:
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 Dirección Regional de Salud Puno Red de Salud Melgar Red de Salud Azángaro Red de Salud San Román Red de Salud Huancané Red de Salud Puno Red de Salud Chucuito Red de Salud Yunguyo Red de Salud Collao Red de Salud Macusani Red de Salud Sandia Hospital Regional Manuel Núñez Butrón Red de Salud Lampa

Hospital "San Juan de Dios" Ayaviri Hospital "Carlos Cornejo Roselló y Vizcardo" Hospital "Carlos Monge Medrano" Hospital "Lucio Aldazabal Pauca" Huancané Hospital "Rafael Ortiz Ravinez" Juli Hospital Yunguyo Hospital Ilave Hospital San Martin de Porres Macusani Hospital Sandia

Hospital "Antonio Barrionuevo" Lampa

1720747-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que modifica el Estatuto del Fondo Editorial de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA N° 2130 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO;

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
FE DE ERRTAS ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2018-GRP-CRP Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 025-2018-GRP-CRP, publicada en la edición del 6 de diciembre de 2018. En el Artículo Segundo (...) DICE:
1 2 3 4 5 6 Dirección Regional de Salud Puno Red de Salud Melgar Red de Salud Azángaro Red de Salud San Román Red de Salud Huancané Red de Salud Puno Hospital "San Juan de Dios" Ayaviri Hospital "Carlos Cornejo Roselló y Vizcardo" Hospital "Carlos Monge Medrano" Hospital "Lucio Aldazabal Pauca" Huancané Hospital Regional Manuel Núñez Butrón

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 29 de noviembre de 2018, los Dictámenes Nos. 216-2018-MMLCMAEO, 10-2018-MML-CMEC y 109-2018-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Educación y Cultura y de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ESTATUTO DEL FONDO EDITORIAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL FONDO EDITORIAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Sustitúyase los numerales 9.5 y 9.7 del artículo 9° del Estatuto del Fondo Editorial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por el Artículo Segundo de la Ordenanza N° 2051, los que quedan redactados en los siguientes términos: "Artículo 9°.-Funciones de la Administración Son funciones de la Administración las siguientes: (...)

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