TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Martes 11 de diciembre de 2018 El Peruano / Drogas, corresponde emitir la resolución que disponga la rotación de los referidos fi scales especializados; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la rotación de los señores Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas a nivel nacional, conforme a las sedes que a continuación se detallan: Nº Distrito Fiscal Sede Nombre 1 AmazonasFPEDTID – sede ChachapoyasManuel Germán Francisco Castro Sánchez 2 Andahuaylas FPEDTID – sede Andahuaylas Jorge Camargo Duran 3 AyacuchoPrimera FPEDTID – sede HuamangaGonzalo Lozano Salazar 4Segunda FPEDTID – sede HuamangaRicardo Yampara Apaza 5FPEDTID – sede Ayna, San FranciscoEleazar Lino Ambia Renaylos 6 CallaoPrimera FPCEDTID – sede CallaoKelinda Janampa Oscategui 7Segunda FPCEDTID – sede CallaoMaribel Mondragón Fernández 8 Paula Teresa Ariza Silva9 CuscoFPEDTID – sede Cusco María Milagros Sayhua Monge 10 FPEDTID – sede Quillabamba Ricardo René Rodríguez López11 HuánucoFPEDTID – sede Huánuco Lincoln Fuentes Tamayo 12 FPEDTID – sede Tingo María Yoel Bellido Lizarbe 13 JunínFPEDTID – sede ChanchamayoEduardo Pablo Regalado Mayta 14 FPEDTID – sede Huancayo Vertila Álvarez Huamán 15 La Libertad FPEDTID – sede Trujillo Erwin Ary Rojas Trujillo16 Lambayeque FPEDTID – sede Chiclayo Elvira Rosa Aldana Tello17 Lima Norte FPEDTID – sede Lima NorteFernando Ronal Collazos Reyes 18 Luz Mery Zuzunaga Silva 19 Loreto FPEDTID – sede IquitosJaime Leoncio Gonzáles Caballero 20 Madre de Dios FPEDTID – sede Tambopata Mery Machuca Cáceres21 Piura FPEDTID – sede Piura Eler Rojas Mas22 Puno FPEDTID – sede Juliaca Javier Prado Mamani23 San Martín FPEDTID – sede Tarapoto Dorlan Nilton Gamarra Poma24 Santa FPEDTID – sede Santa Idalia Orendo Velásquez 25 Tacna FPEDTID – sede TacnaMiguel Ernesto Velásquez Cabrera 26 Tumbes FPEDTID – sede Tumbes Omar Rol fi Arpasi Manrique 27 UcayaliPrimera FPEDTID – sede PucallpaGetulio Fausto Córdova Cuellar 28Segunda FPEDTID – sede PucallpaVicente Candia Briceño 29 Ventanilla FPEDTID – sede Ventanilla Marlene Tarazona Trujillo Artículo Segundo.- Disponer que la rotación dispuesta mediante la presente resolución, se efectúe a partir del 01 de enero de 2019. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministro del Interior, Director Ejecutivo Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y Drug Enforcement Administration (DEA) de la Embajada de Estados Unidos de Norteamérica, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación 1721906-3 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Revocan diversas facultades registrales conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000147-2018/JNAC/RENIEC Lima, 10 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando N° 002675-2018/GOR/RENIEC (28NOV2018), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000524-2018/GRC/SGINT/RENIEC (29NOV2018), emitido por la Sub Gerencia de Integración de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000098-2018/GRC/RENIEC (29NOV2018), emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96- JEF, se delegó a las O fi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las O fi cinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales y la Sub Gerencia de Integración de la Gerencia de Registros Civiles proponen la revocatoria de las facultades comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley N° 26497, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; dado que nuestra institución cuenta con la capacidad operativa necesaria para atender la demanda en atención a los ciudadanos;