Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2018 (11/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, la propuesta de revocatoria de facultades de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Registros Civiles y de la Sub Gerencia de Integración, en su calidad de Unidad Orgánica encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 197° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC; Que, siendo uno de los objetivos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), el fortalecimiento del Sistema de Registros Civiles, y teniendo en cuenta que entre las actividades establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2018-2020, se tiene prevista la incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil al RENIEC, resulta pertinente la revocatoria de las funciones registrales delegadas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, a efectos de otorgarle al sistema registral un manejo integral y eficaz, garantizando la seguridad jurídica a favor de la ciudadanía; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria parcial de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, dictando las medidas correspondientes y asegurando su difusión, la cual debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- REVOCAR las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44° de la Ley N° 26497, conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, la misma que se hará efectiva a partir del día 14 de Diciembre del 2018, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha serán de exclusiva competencia del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, conserve el acervo documentario, ejerciendo, respecto a tal acervo, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del artículo 44° de la Ley Nº 26497, hasta la incorporación de la misma al RENIEC. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1721927-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de julio y octubre de 2018
DIRECCION REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000266-2018-GRJ/GRDE/DREM/DR Huancayo, 7 de noviembre de 2018 EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE JUNÍN VISTO: El Reporte Nº 086-2018-GRJ/GRDE/DREM/OAJ, de fecha 06 de noviembre del 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, a partir del 03 de febrero del 2008 el Gobierno Regional de JUNIN es competente para tramitar y expedir resoluciones en el proceso relativo a los petitorios mineros formulados por Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales, en merito a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 046-2008MEM/DM publicado en el diario oficial "El Peruano" el 02 de febrero del 2008, que declara la conclusión del proceso de transferencias de funciones sectoriales y facultades en materia minera señaladas en el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM. Así lo dispone la primera disposición transitoria del Decreto Supremo Nº 084-2007EM, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 20 de diciembre de 2007. Que, de conformidad a la Ordenanza Regional Nº 1512012-GRJ/CR, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín, y; Con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; e, inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de julio y octubre del 2018, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN ISAÍAS SAMANEZ BILBAO Director Regional de Energía y Minas

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