Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2018 (11/12/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 56
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NORMAS LEGALES
Martes 11 de diciembre de 2018 /
El Peruano
Que, la propuesta de revocatoria de facultades de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Registros Civiles y de la Sub Gerencia de Integración, en su calidad de Unidad Orgánica encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 197° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC; Que, siendo uno de los objetivos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), el fortalecimiento del Sistema de Registros Civiles, y teniendo en cuenta que entre las actividades establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2018-2020, se tiene prevista la incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil al RENIEC, resulta pertinente la revocatoria de las funciones registrales delegadas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, a efectos de otorgarle al sistema registral un manejo integral y eficaz, garantizando la seguridad jurídica a favor de la ciudadanía; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la revocatoria parcial de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, dictando las medidas correspondientes y asegurando su difusión, la cual debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- REVOCAR las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44° de la Ley N° 26497, conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, la misma que se hará efectiva a partir del día 14 de Diciembre del 2018, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha serán de exclusiva competencia del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, conserve el acervo documentario, ejerciendo, respecto a tal acervo, las funciones registrales comprendidas en los literales i), l), m), n) y q) del artículo 44° de la Ley Nº 26497, hasta la incorporación de la misma al RENIEC. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1721927-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de julio y octubre de 2018
DIRECCION REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000266-2018-GRJ/GRDE/DREM/DR Huancayo, 7 de noviembre de 2018 EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE JUNÍN VISTO: El Reporte Nº 086-2018-GRJ/GRDE/DREM/OAJ, de fecha 06 de noviembre del 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, a partir del 03 de febrero del 2008 el Gobierno Regional de JUNIN es competente para tramitar y expedir resoluciones en el proceso relativo a los petitorios mineros formulados por Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales, en merito a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 046-2008MEM/DM publicado en el diario oficial "El Peruano" el 02 de febrero del 2008, que declara la conclusión del proceso de transferencias de funciones sectoriales y facultades en materia minera señaladas en el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM. Así lo dispone la primera disposición transitoria del Decreto Supremo Nº 084-2007EM, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 20 de diciembre de 2007. Que, de conformidad a la Ordenanza Regional Nº 1512012-GRJ/CR, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín, y; Con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; e, inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de julio y octubre del 2018, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN ISAÍAS SAMANEZ BILBAO Director Regional de Energía y Minas