Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2018 (18/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 18 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a favor del Poder Judicial del Perú
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 158-2018-DV-PE Lima, 17 de diciembre de 2018 VISTO: El Memorándum N° 212-2018-DV-GG-PP, mediante el cual el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de la Oferta de Drogas en el Perú", detalla la actividad de la Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 0160-2018-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad "Transferencia para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas" que será financiada con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de la Oferta de Drogas en el Perú", DEVIDA suscribió la Tercera Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Poder Judicial del Perú, para la ejecución de la citada actividad, hasta por la suma de S/ 537,560.00 (Quinientos treinta y siete mil quinientos sesenta con 00/100 Soles), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, emitió

la Certificación de Crédito Presupuestal N° 01274, entendiéndose que este documento forma parte del informe previo favorable N° 0020-2018-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo de la actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, el Poder Judicial, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la actividad "Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas", de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Que, con los visados de la Gerencia General, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de la Oferta de Drogas en el Perú" y los responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera para la ejecución de la Actividad "Transferencias para las Operaciones Conjuntas para el Control de la Oferta de Drogas", hasta por la suma de S/ 537,560.00 (Quinientos treinta y siete mil quinientos sesenta con 00/100 Soles), a favor del Poder Judicial del Perú, conforme se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2018 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que el Poder Judicial del Perú, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución al Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de la Oferta de Drogas en el Perú", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo

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