Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2018 (18/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 18 de diciembre de 2018 /

El Peruano

de un juzgado de familia para tramitar los expedientes de la subespecialidad familia civil, familia infracción y familia tutelar, y considerando que el 2° Juzgado de Familia Permanente del citado distrito cuenta con plaza vacante de juez titular, recomienda que esta dependencia judicial sea convertida y reubicada al Distrito y Provincia de Arequipa como 11° Juzgado Civil Permanente, para que exclusivamente se avoque a la ejecución de expedientes provenientes del 1°, 3° y 7° Juzgados Civiles del mismo distrito y provincia. Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Juzgados a nivel nacional; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 819-2018 de la trigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de enero de 2019, el 2° Juzgado de Familia Permanente del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, como 11° Juzgado Civil de la Provincia de Arequipa de la misma Corte Superior, el cual se avocará exclusivamente a la ejecución de los expedientes provenientes del 1°, 3° y 7° Juzgados Civiles del mismo distrito, provincia y Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Modificar, a partir del 1 de enero de 2019, la denominación del 1° Juzgado de Familia del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Distrito Judicial de Arequipa, como Juzgado de Familia del mismo distrito, provincia y Distrito Judicial. Artículo Tercero.- Disponer las siguientes acciones de administración en la Corte Superior de Justicia de Arequipa: a) Que el 1°, 3° y 7° Juzgados Civiles Permanentes del Distrito y Provincia de Arequipa, remitan al 11° Juzgado Civil Permanente del mismo distrito y provincia, la carga procesal pendiente en etapa de ejecución que tengan al 31 de diciembre de 2018, y de manera continua remitan los expedientes que vayan pasando a la etapa de ejecución. b) Que el 2° Juzgado de Familia Permanente del Distrito de Cerro Colorado, Provincia de Arequipa, resuelva antes del 31 de diciembre de 2018 los expedientes que se encuentren expeditos para sentenciar al 20 de diciembre de 2018, debiendo remitir al 1° Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito y provincia, la carga procesal pendiente tanto en etapa de trámite como en etapa de ejecución que tenga al 31 de diciembre de 2018. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para adoptar las acciones y medidas administrativas pertinentes, que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de Productividad Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1724059-5

Aprueban el Plan de Actividades de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial correspondiente al año 2019
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 315-2018-CE-PJ Lima, 12 de diciembre de 2018 VISTO: El Oficio Nº 09-2018-CJI-P-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 499-2012-P-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2012, se aprobó la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, con el objetivo de promover y consolidar un sistema de justicia intercultural a nivel nacional. El citado documento contiene los compromisos y acciones de la institución, a fin de fortalecer la justicia intercultural en los próximos años. Segundo. Que el Secretario Técnico de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial, remite el "Plan de Actividades 2019 de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial", que tiene como objetivo general desarrollar y monitorear los componentes y acciones incorporados en la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural. Tercero. Que para el presente año, se ha priorizado los siguientes objetivos específicos: - Impulsar la aprobación por el Congreso de la República del proyecto de Ley de coordinación intercultural de la justicia elaborada por el Poder Judicial. - Promover y dar seguimiento a la implementación efectiva de los protocolos aprobados por el Poder Judicial para la coordinación entre sistemas de justicia y para la actuación en procesos judiciales que involucren a comuneros y ronderos. - Ejercer y fomentar una práctica de acercamiento permanente con los administradores y usuarios de la justicia especial (comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas) y representantes de la comunidad afroperuana. - Coordinación interinstitucional para fortalecer la gestión del Poder Judicial en materia de justicia intercultural. Cuarto. Que, teniendo en consideración lo dispuesto por el artículo 82º, inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dispone como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; resulta necesario aprobar el plan de actividades presentado. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 834-2018 de la trigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Actividades de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial correspondiente al año 2019", que en documento adjunto forma integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial dictará las medidas complementarias, para la ejecución del mencionado plan de actividades; en cuanto a presupuesto y aspectos logísticos.

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