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86 NORMAS LEGALES Jueves 20 de diciembre de 2018 / El Peruano de zoni fi cación especí fi cos, exhortando a las Municipalidades Distritales de Pachacámac y Lurín, la elaboración de un Plan de Manejo Ambiental y Ecológico de Protección al valle, de conformidad a lo establecido en las Ordenanzas N° 1117-MML y N° 1146-MML que han recogido los lineamientos establecidos en la Ordenanza N° 310-MML, teniendo en cuenta que a la fecha no se han determinado los limites distritales de cada distrito donde se ubica el predio. Artículo Tercero.- Preservar la conservación del paisaje, respetando la densidad mínima en zonas residenciales cumpliendo para ello con las normas de límites de edi fi cación y tratamiento paisajista en el área. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaria General de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla en comunicar a la empresa propietaria del terreno, lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.Lima, 13 de diciembre de 2018 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1724551-8 Ratifican la Ordenanza Nº 486-MSI, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de San Isidro ACUERDO DE CONCEJO Nº 556 Lima, 6 de diciembre de 2018 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 06 de diciembre de 2018, el O fi cio Nº 001-090-00009292 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria–SAT, del 29 de noviembre de 2018, mediante el cual remite el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 486- MSI, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de San isidro; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la misma que sustituyó la Ordenanza Nº 1533, publicadas el 05 de abril de 2018 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000794, opinando que procede la rati fi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional. Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.80% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 222-2018-MML/CMAEO. ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 486- MSI, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de San isidro. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza rati fi cada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1723946-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Requieren la intervención del Poder Ejecutivo a fin de poner en marcha la Propuesta de Reconstrucción con Cambio presentada por la Municipalidad, ante un eventual Fenómeno de El Niño ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2018/CDL Chosica, 29 de octubre de 2018.VISTO:La propuesta efectuada por el señor Regidor Piero Gustavo Sánchez León de la Municipalidad Distrital de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que corresponde a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: “(…) 2. Formular pedidos y mociones de orden del día (…)”; Que, el Regidor Piero Gustavo Sánchez León, fundamentando su pedido mani fi esta que ha transcurrido varios meses desde que el presidente de la República en su Mensaje a la Nación anunciara que dentro de su prioridad se encontraba la Reconstrucción con Cambios; sin embargo, hasta la fecha en el Distrito de Lurigancho – Chosica, no se ha tenido ningún tipo de presencia por parte de las autoridades del Gobierno Central, menos de la