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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (27/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 27 de diciembre de 2018 El Peruano / la propuesta de conversión se encuentra incluida en la segunda modi fi catoria del Plan Operativo Institucional año 2018, aprobado por Resolución N° 046-2018-SUNARP/SN del 22 de marzo de 2018; Que, de igual forma, las O fi cinas Generales de Tecnologías de la Información, y de Administración; así como la Dirección Técnica Registral, emiten opinión favorable mediante los Memorándums Nros. 1774-2017-SUNARP-OGTI, 2900-2017-SUNARP/OGA y 256-2018-SUNARP/DTR, respectivamente; Que, en atención a lo antes señalado, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con el Informe N° 241-2018-SUNARP/OGAJ del 05 de abril de 2018, opinó que el estudio técnico cuali-cuantitativo elaborado por la Zona Registral N° XIV – Sede Ayacucho cumple con los lineamientos establecidos en la Directiva N° 002-2015-SUNARP/SN aprobada por Resolución Nº 012-2015-SUNARP/SN; por lo que, evaluado el expediente y en tanto, el mismo cuenta con las opiniones favorables de las áreas respectivas de la Zona Registral solicitante y de la Sede Central, concluye que resulta procedente la conversión de la O fi cina Receptora de Pichari como O fi cina Registral; Que, resulta importante destacar que, conforme a lo señalado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en el Informe Nº 269-2018-SUNARP-OGPP del 07 de diciembre de 2018, para la implementación de la futura O fi cina Registral de Pichari se cuenta con infraestructura y equipamiento; así como con la habilitación para incorporar personal a dicha o fi cina, en tanto la Centésima Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, exceptuó a la Sunarp de lo establecido en el artículo 8 de la citada Ley, con la fi nalidad de incorporar 50 registradores públicos y 50 asistentes registrales, plazas contempladas en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, para atender las necesidades en la creación y funcionamiento de Zonas y nuevas O fi cinas Registrales; Que, en ese contexto, es necesario precisar que la nueva O fi cina Registral de Pichari iniciará sus funciones luego de la implementación que la Jefatura de la Zona Registral N° XIV – Sede Ayacucho realice, en virtud a lo dispuesto en la Centésima Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Conforme al acuerdo adoptado en Sesión del Consejo Directivo N° 345 del 18 de abril de 2018, en ejercicio de la facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; y, con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conversión de O fi cina Receptora a Ofi cina Registral Autorizar la conversión de la O fi cina Receptora de Pichari como O fi cina Registral, ubicada en el distrito de Pichari, provincia de La Convención, departamento de Cusco, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° XIV - Sede Ayacucho. Artículo 2.- Servicios Registrales La Jefatura de la Zona Registral N° XIV - Sede Ayacucho, mediante resolución, detallará los servicios registrales que se brindarán en la nueva O fi cina Registral de Pichari. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1726229-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Aprueban Plan Estratégico Institucional 2019 - 2021 Modificado de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 158-2018-SUSALUD/S Lima, 26 de diciembre del 2018VISTOS:El Informe Técnico Nº 028-2018-SUSALUD/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe No. 00722-2018/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el 16 de junio del 2016, se aprobó con Resolución Ministerial N° 367-2016/MINSA, el Plan Estratégico Multisectorial (PESEM) 2016 - 2021 del sector Salud; Que, en el marco de la normativa vigente, con Resolución de Superintendencia N° 044-2018-SUSALUD/S, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico, la misma que tiene como función: 1) Determinar el plan de trabajo para elaborar o modificar el PEI y el POI, 2) Priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales y Actividades Operativas, 3) Validar el documento del PEI y POI y 4) Revisar los informes de evaluación del PEI; Que, con Resolución de Superintendencia N° 082-2018-SUSALUD/S del 06 de Junio del presente año se aprobó el PEI 2019-2021 de SUSALUD en el marco de la normativa establecida por CEPLAN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2018- SA se designa al Dr. José Carlos del Carmen Sara, Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD y se establecen nuevos Lineamientos de la Política Institucional, los mismos que cuentan con la aprobación de la Comisión de Planeamiento Estratégico con Acta N° 006-2018-SUSALUD/CPE; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como ente rector del Sistema de Planeamiento Estratégico, mediante Resolución N° 026-2014-CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”. Asimismo, el 31 de octubre del 2018 con Resolución de presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD modi fi ca la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada con Resolución de Consejo 00062-2017-CEPLAN/PCD”, aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, en el marco del ciclo del planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico mediante Acta N° 007-2018-SUSALUD/CPE, elevó a la Alta Dirección la propuesta del Plan Estratégico Institucional 2019-2021 Modi fi cado de SUSALUD, que considera la inclusión de la Declaración de la Política Institucional, cambio en la Misión Institucional y la articulación de los indicadores de los Objetivos estratégicos Institucionales y de las Acciones Estratégicas Institucionales a los indicadores del Sistema de gestión de la Calidad de SUSALUD; Que, a través del Informe Técnico N° 0322-2018-OPEE- OGPPM/MINSA del MINSA y el Informe Técnico N° 103-2018-CEPLAN/DNCP-PEI del CEPLAN dan opinión favorable al PEI 2019 – 2021 Modi fi cado de SUSALUD, en el marco de la normativa vigente; Que, la aprobación de modi fi cación del PEI 2019-2021 de SUSALUD, implica establecer las líneas en las cuales se enmarcan las actividades y cursos de acción que se tomen en el 2019 con perspectivas al año 2021 y que, en su oportunidad, sean plasmados en los Planes Operativos Institucionales acordes con los lineamientos y prioridades de la gestión, los que son aprobados anualmente, por la Alta Dirección;