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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 170

2 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano Urgencia N° 006-2018, las cuales han sido evaluadas por la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el Anexo 10 “Criterios para determinar los proyectos de inversión cuyos recursos pueden ser anulados” y el Anexo 11 “Criterios para determinar los proyectos de inversión a ser habilitados”; Que, en consecuencia, corresponde aprobar una relación de entidades comprendidas en los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, la cual comprende los montos destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión, adicional a lo aprobado en los Decretos Supremos Nºs. 244-2018-EF, 245-2018-EF, 259-2018-EF y 285-2018-EF; De conformidad con lo establecido en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Apruébase la relación de pliegos presupuestales comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, así como los montos correspondientes, conforme al Anexo “Relación de pliegos, inversiones y montos” que forma parte integrante del Decreto Supremo, con la fi nalidad de fi nanciar los proyectos de inversión mencionados en el referido Anexo. Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos señalados en el Anexo a que se refi ere el artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Publicación El Decreto Supremo se publica en el Diario O fi cial El Peruano y su Anexo, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1727555-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y dictan otra disposición DECRETO SUPREMO Nº 325-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 005- 2018, que establece medidas de e fi ciencia del gasto público para el impulso económico, autoriza al Poder Ejecutivo, durante el año fi scal 2018, a aprobar transferencias de partidas a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el párrafo 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto señala que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, se aprueban las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional necesarias, durante el mes de diciembre, con cargo a los saldos disponibles según proyección al cierre del año fi scal respectivo del Presupuesto del Sector Público, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes y de acuerdo a lo informado por los pliegos del Gobierno Nacional que se detallan en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia” de este Decreto Supremo, según sus proyecciones de gastos al cierre del Año Fiscal 2018, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, han determinado saldos de libre disponibilidad, hasta por la suma de S/ 290 736 443,00 (DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES); Que, el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, a través de los O fi cios N°s 1883-2018-GG-PJ y 000877-2018-MP-FN el Poder Judicial y el Ministerio Público, respectivamente, solicitan recursos adicionales en la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales destinados a fi nanciar el dé fi cit presupuestario generado al cierre del ejercicio fi scal 2018, por la implementación de la Trigésima Octava y la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, con O fi cio N° 1819-2018-INPE/01, el Instituto Nacional Penitenciario solicita recursos adicionales para complementar el fi nanciamiento, en el presente año fi scal, del servicio de alimentación para la población penal; asimismo, con el O fi cio N° 261-2018-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE el Instituto Nacional de Innovación Agraria, solicita recursos adicionales para fi nanciar, en el presente año fi scal, la continuación de la ejecución del proyecto de inversión “Consolidación del Sistema de Innovación Agraria” con la fi nalidad de atender los desembolsos de los subproyectos de Extensión, Investigación Estratégica, Transferencia de Tecnología y Asistencia de Técnica; además mediante el O fi cio N° 5823-2018-MINDEF/SG el Ministerio de Defensa, solicita recursos adicionales para fi nanciar, en el presente año fi scal, la continuación de la ejecución del proyecto de inversión “Recuperación de las Capacidades Operativas de Super fi cie de los Helicópteros Ligeros MGP en la Base Aeronaval del Callao” y mediante el OF. RE (SGG) N° 2-5-A/83 el Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita recursos adicionales para fi nanciar, en el presente año fi scal, el pago de cuotas a los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 290 736 443,00 (DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL