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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 166

166 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 / El Peruano Ccocha, punto que lo constituye la desembocadura de la laguna del mismo nombre y es tripartito de colindancia con las tierras del Fundo Unchiña Arahuaya, de donde el lindero se orienta con dirección oeste en forma recta hasta el cerro Huallulluni, de donde cambia con dirección general Sur Oeste y en forma sinuosa a través de una cadena de cerros Pucaraccasa, Quispimarca, y atravesar la quebrada Huarajoy, para luego llegar al Cerro Llumpata y en forma recta, llegar al hito fi nal denominado Cerro Huarcaya, constituyendo tripartito de colindancia con la Comunidad Campesina de San Miguel de Mestizas, teniendo el lindero descrito una distancia de 7,800 m.l. (Acta de fecha 03-09-1985). Con la Comunidad Campesina de San Miguel de Mestizas, se inicia en el hito denominado Cerro Huarcaya que constituye tripartito de colindancia con las tierras de la comunidad campesina de Cotaruse, de donde el lindero se orienta con rumbo noroeste en forma recta al punto denominado Pataccocha, de donde cambia con dirección oeste en línea recta cruzando con su trayectoria, inmensas pampas y llegar al hito fi nal que conforma la desembocadura de la laguna Caranja Cocha, punto tripartito con las tierras de la comunidad campesina de Sañayca teniendo una distancia de 4,820 m.l. (Acta de fecha: 08-12-83) POR EL OESTE: Colinda con la comunidad campesina Sañayca, se inicia en el hito que conforma la desembocadura de la laguna Caranja Cocha y que constituye tripartito con las tierras de la comunidad campesina de San Miguel de Mestizas de donde el lindero se proyecta con rumbo general norte en forma sinuosa a través del riachuelo Corral Blanco, aguas abajo que en parte de su recorrido toma el nombre de río Umataype y llegar al hito fi nal denominado Ruyro Mocco ubicado en la unión de los ríos Champayocpampa, con las tierras de la comunidad campesina de Pincahuacho, teniendo el lindero descrito una distancia entre hitos de 9,790 m.l. (Acta de fecha 07-12-1983). Con la comunidad campesina de Pincahuacho, se inicia en el hito denominado Ruyro Mocco, unión de los ríos Umataype y Champayoccpampa, de donde el lindero recorre a través de la quebrada Champayoccpampa aguas arriba para luego continuar por la quebrada Yanarumiyoc con la misma dirección hasta la quebrada Campanayoc o Huaychau Pampa por donde cruza un camino de herradura para luego proseguir con la misma orientación y en forma sinuosa a través de los puntos Huallulluni, Huaraccochayoc Pata y luego ascender al cerro Chalhuanca Ccahuarina de cota 3,960 m.s.n.m. de donde cambia con rumbo general noreste y en forma sinuosa, pasando por los puntos Muyo Muyo y Cerro Ajo Ajo de donde desciende a través de la quebrada Huañaojo y llegar al hito denominado San Bartolomé, con fl uencia con una distancia entre hitos de 21,030 m.l. (Acta de fecha 07-12-1983) Artículo Segundo.- La Municipalidad Provincial de Aymaraes, delega a la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga, las competencias y funciones siguientes: 1. EN ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FISICO Y USO DEL SUELO. a.- Autorizar la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política. b.- Autorizar la ocupación de la vía pública.c.- Disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, numeración de predios, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Chalhuanca. d.- Elaborar y mantener actualizado el catastro en coordinación con la Municipalidad Provincial de Aymaraes. 2.- EN SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD.a.- Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, relleno sanitario, controlar el cumplimiento de las normas de higiene en coordinación con las normas de salud y la Municipalidad Provincial de Aymaraes.b.- Instalar y mantener los servicios higiénicos y baños públicos. d.- Control de epidemias y sanidad animal.e.- Fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y medio ambiente. 3.- EN MATERIA DE REGISTRO CIVIL.a.- Servicios de inscripción de partidas de nacimiento, defunciones y la celebración de matrimonios, así como la emisión de las partidas correspondientes, previo convenio con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, conforme a Ley. 4.- EN TRÁNSITO, VIABILIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO. a.- Autorizar la ubicación de paraderos para vehículos menores. b.- Establecer la señalización y vías de acuerdo con la regularización provincial. 5.- EN ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS.- a.- Administrar mercados. b.- Realizar el control de pesas y medidas de los productos. c.- Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y profesionales. 6.- EN EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN. a.- Autorizar la realización de espectáculos públicos no deportivos. b.- Administrar coliseos deportivos, locales comunales y otros inmuebles municipales o de uso público. c.- Organizar y sostener actividades culturales, bibliotecas y talleres educativos en los Asentamientos Humanos de su ámbito. d.- Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general. e.- Apoyar las redes educativas como expresión de participación y cooperación entre las instituciones y programas educativos de su jurisdicción. 7.- EN PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS. a.- Plani fi car y concertar el desarrollo social en su ámbito en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. b.- Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el gobierno local c.- Organizar e implementar el servicio de Defensoría Municipal de los Niños y Adolescentes- DEMUNA. d.- Crear la O fi cina de protección y organización de los vecinos con discapacidad. 8.- EN PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL. Promover la participación vecinal en la formulación, el debate y la concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos y vecinas, a la información. 9.- EN SEGURIDAD CIUDADANA.a.- Coordinar con el Comité de Defensa Civil de la Provincia de Aymaraes, las acciones necesarias para la atención de las poblaciones damni fi cadas por desastres naturales o de otra índole.