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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 155

155 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / ZONA DE TRABAJO Nº02 Unidades Vehiculares Asociación Nueva Generación de Villa Toledo 34Empresa de Transporte y Servicio Excel S.R.L 114Asociación de Transportistas de Cieneguilla 149Empresa de Transporte Unión de Cieneguilla 128 425 ZONA DE TRABAJO Nº03 Unidades Vehiculares Empresa de Transporte El Duque de Río Seco 17 FLOTA VEHICULAR TOTAL 780 Artículo Tercero.- ORDÉNESE a la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte que emita el acto resolutivo con respecto a la asignación de una nueva numeración de fl otas de vehículos menores (mototaxis) autorizados a cada una de las personas jurídicas, dejándose constancia que deberá emitirse el acto resolutivo por cada una de las personas jurídicas. Artículo Cuarto.- APRUÉBESE la Asignación y Ubicación de los nuevos paraderos que se detalla a continuación: EmpresaExpe- diente NºLugar de Ubicación Sociedad Comercial ARBIETO SRL1016- 20181246-2015Berma lateral de la Quebrada San Benito, con aproximación a la Vía Viuda Melgarejo, altura de la Emp. Empcoco. Berma lateral de la Ca. Camana intersección con la Av. Grau colindante al Lt. 15. Berma lateral de la Av. Los Ficus con aproximación a la Av. La Molina. Berma lateral de la Ca. Los Laureles con aproximación a la Av. Nueva Victoria. Berma lateral de la Ca. Las Gencianas con aproximación a la Av. Nueva Victoria. Emp. Mototaxi Nueva Gales SRL1709-2018Av. Ica con Ca. Lambayeque Mz.H Lt. 1 - C.P San Juan Bautista de Collanac Emp. Transporte y Servicio Estrellita SAC3731-2018 3733-2018Berma lateral de la Av. Nueva Juventud con aproximación a la Av. La Molina en la Asociación Nueva Juventud. Berma lateral de la Av. Manuel Schwartz (entrada Chávez Bajo) con aproximación a la Av. La Molina. Berma lateral de la Ca. Los Eucaliptos con aproximación a la Av. La Molina. Artículo Quinto.- DISPÓNGASE que durante el mismo plazo al que se re fi ere el Artículo Primero, se restringe el ingreso de nuevas personas jurídicas, no se podrá autorizar incrementos de fl ota de vehículos menores ni paraderos, solo se permitirá la modi fi cación de la información del Registro Municipal de Transporte solicitados por las personas jurídicas autorizadas. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Subgerencia de Obras Públicas, Transportes y Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal. Artículo Séptimo.- DISPÓNGASE, que se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y en el íntegro del Anexo Nº 01 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1727253-1MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite de diversas unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Jesús María ORDENANZA Nº 563-MDJM Jesús María, 29 de octubre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA; en Sesión Extraordinaria Nº 3 de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 128-2018-MDJM-GPDI de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, el Memorando Nº 265-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, los Memorandos Nº 3138, 3139, 3140-2018-MDJM-GA de la Gerencia de Administración, el Memorando Nº496-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, con la dispensa de pase a Comisión de Regidores, conforme a lo establecido en el artículo 40º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con el artículo 195º Inciso 4) de la Constitución Política del Perú y el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal tiene como atribución crear, modi fi car y suprimir tasas y derechos, conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Nº 490-MDJM del 28 de marzo del 2016 se aprobó los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 140, la Municipalidad Metropolitana de Lima rati fi có la Ordenanza Nº 490-MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María, solo en lo referido a treinta y ocho (38) derechos de trámite, con treinta y seis (36) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; con excepción de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones; Que, mediante Ordenanza Nº 522-2017-MDJM, se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite relacionados a las Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, los mismos que fueron rati fi cados en su totalidad por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 274; por lo que fueron incorporados al TUPA vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2017- PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y, tal como lo establecía el Decreto Legislativo N 1271, éste debería entrar en vigencia con la aprobación del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, fue aprobado el Nuevo Reglamento de Inspecciones