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167 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / b.- Coordinar con la Municipalidad Provincial de Aymaraes y con la Policía Nacional el servicio de Serenazgo y seguridad ciudadana en su jurisdicción. 10.- EN PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL. a.- Concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico de su ámbito jurisdiccional. b.- Gestionar la ejecución de proyectos y actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología y otros campos a fi n de mejorar la competitividad. c.- Participar en los procesos de elaboración del Presupuesto Participativo Provincial, así como en el Consejo de Coordinación Local correspondiente, promover el desarrollo turístico. 11.- EN CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES. Promover y gestionar programas de conservación de recursos naturales y la biodiversidad. Artículo Tercero.- La Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga – Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes, en su funcionamiento se regirá conforme a los instrumentos legales y normativos siguientes: a) Constitución Política del Estado. b) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.c) Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. d) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Cuarto.- La organización interna de la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga, Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes está conformada por dos órganos de gobierno, el Concejo Municipal y la Alcaldía. Corresponde al Concejo Municipal ejercer las funciones normativas y fi scalizadoras, siendo sus atribuciones las siguientes: 1.- Proponer a la Municipalidad Provincial de Aymaraes, la creación, modi fi cación, supresión y/o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, que les compete de acuerdo a la presente ordenanza de creación. 2.- Aprobar su presupuesto anual conforme a ley, así como, las rendiciones de cuenta por los ingresos que recauda. 3.- Elaborar y proponer el Programa Anual de Inversiones ante la Municipalidad Provincial de Aymaraes. 4.- Fiscalizar la gestión administrativa de la municipalidad del centro poblado. 5.- Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Corresponde al Alcalde del centro poblado ejercer las funciones ejecutivas y representar a la municipalidad, siendo sus atribuciones las siguientes: 1.- Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad del centro poblado. 2.- Convocar, presidir y dar por concluida las sesiones de concejo municipal. 3.- Firmar y ejecutar los acuerdos de concejo municipal. 4.- Someter al concejo municipal el balance y la memoria del ejercicio económico fenecido de la municipalidad, e informar sobre los ingresos y gastos mensuales.5.- Rendir cuentas documentadas a la Municipalidad Provincial de Aymaraes de los ingresos recaudados por delegación. 6.- Someter a la aprobación del concejo municipal el presupuesto anual de la municipalidad del centro poblado y sus modi fi caciones. 7.- Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el funcionamiento de la institución municipal. 8.- Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales, o de ser el caso, tramitarlos ante los órganos competentes. Artículo Quinto.- Considérese como recursos de la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga, Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes, las transferencias que mensualmente le corresponde percibir en el marco de lo estipulado por el artículo 133 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, por parte de la Municipalidad Provincial de Aymaraes; así como, las rentas directamente recaudadas producto de la delegación de facultades establecidas en la presente ordenanza. Artículo Sexto.- La administración de la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga, Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes, adopta la estructura organizativa que responda a las competencias y funciones delegadas en el artículo segundo de la presente ordenanza, la misma que estará precisada en el Reglamento de Organización y Funciones que apruebe el respectivo concejo municipal de la municipalidad del centro poblado. Artículo Séptimo.- Delegase a la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga, Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes, las atribuciones administrativas económico - tributarias necesarias para el cobro de tasas especí fi camente en espacio físico y uso del suelo, bienes municipales y comercialización de productos y servicios, tránsito y transporte público, saneamiento, salubridad y salud, registro civil, matrimonios, defunciones y cementerios, debiendo rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Provincial de Aymaraes de la recaudación obtenida. Artículo Octavo.- Encárguese a la Municipalidad Provincial de Aymaraes el proceso de elecciones de las autoridades de la Municipalidad de Centro Poblado de Chuquinga Distrito de Chalhuanca y Provincia de Aymaraes, en el marco de la Ley Nº 28440 Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Artículo Noveno.- Los artículos primero y octavo de la presente ordenanza tendrán vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en tanto los demás artículos tendrán vigencia al día siguiente de proclamadas sus autoridades municipales en el marco de la Ley Nº 28440. Artículo Décimo.- Comuníquese a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y fi nanzas, Ofi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, Unidad de Sistemas y los interesados y demás O fi cinas correspondientes para los fi nes consiguientes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo único.- Confórmese la comisión de transferencia integrada por la Gerencia General de la Municipalidad Provincial de Aymaraes y la Junta Directiva de la comunidad campesina de Chuquinga, con la fi nalidad de implementar la administración correspondiente al funcionamiento del Centro Poblado en mención por un periodo de 45 días y/o hasta la elección de las primeras autoridades del referido Centro Poblado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR A. CANDIA SEGOVIA Alcalde 1726628-1