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1NORMAS LEGALES SÁBADO 29 DE DICIEMBRE DE 2018Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONALAño XXXV - Nº 14776 SUMARIO PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 324-2018-EF.- Aprueban relación de entidadesy montos comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30847 1 D.S. N° 325-2018-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Pre supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y dictan otra disposición 2 D.S. N° 326-2018-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Pre supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales y dictan otra disposición 4 D.S. N° 327-2018-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y diversos Gobiernos Locales 6 D.S. N° 328-2018-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Pre supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Pliego Ministerio de Defensa 7 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban relación de entidades y montos comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847 DECRETO SUPREMO Nº 324-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza durante el año fi scal 2018, a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a los que se re fi ere el Anexo 2-B del Decreto de Urgencia N° 006-2018, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos transferidos por el citado Decreto de Urgencia, sólo de aquellos proyectos de inversión que cumplan con los criterios a los que se re fi ere el Anexo 10 “Criterios para determinar los proyectos de inversión cuyos recursos pueden ser anulados”, a fi n de que tales recursos sean destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión del mismo pliego que cumplan con los criterios del Anexo 11 “Criterios para determinar los proyectos de inversión a ser habilitados”; Que, asimismo, el citado párrafo 10.1, dispone que la relación de entidades comprendidas en los alcances de lo establecido en el mismo, así como los montos correspondientes, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, para lo cual las entidades presentan su solicitud al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente de la publicación de la Ley N° 30847 en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 244- 2018-EF, 245-2018-EF, 259-2018-EF y 285-2018-EF se aprobó la relación de pliegos presupuestales y montos comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847; Que, diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales han presentado sus solicitudes, dentro del plazo indicado en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, para efectuar las modi fi caciones presupuestarias a nivel funcional programático con cargo a los recursos transferidos mediante el Decreto de EDICIÓN EXTRAORDINARIA