Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2018 (22/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Lunes 22 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento se encuentra regulado por la Directiva Nro.002-2016/SBN, aprobada con Resolución Nº 00522016/SBN. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 047-2017-GRA/OOT, Informe N° 048-2017-OOT-PMJMBPZO y el Informe N° 733-2017-GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, consideramos que es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fin de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del Estado, de los terrenos eriazos de dominio privado, de 40.2204 Has., 50.4929 Has., 4,9716 Has., 152.1540 Has., 23.3129 Has., y 3.9768 Has., ubicados en el distrito de chala, Provincia de Caraveli y Departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las directivas mencionadas, la presente resolucion es visada por los profesionales que suscribieron el Informe Técnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 985 -2017-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza

Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 699-2015-GRA/GR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Domino a favor del Estado Peruano de los terrenos eriazos de dominio privado, de 40.2204 Has., 50.4929 Has., 4,9716 Has., 152.1540 Has., 23.3129 Has., y 3.9768 Has., ubicados en el distrito de chala, Provincia de Caraveli y Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la inscripción del terreno materia de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los tres (03) días del mes de agosto del dos mil diecisiete. Regístrese y comuníquese JOSE LUIS RODRIGUEZ SILVA Gerente General Regional 1608280-1

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