Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2018 (22/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Lunes 22 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado Peruano de los terrenos eriazos de dominio privado, denominados "PREDIO 1" de 133.7199 Ha., y "PREDIO 2" de 3.5797 Ha., ambos ubicados en el distrito de Yura, Provincia y Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la inscripción del terreno materia de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los trece (13) días del mes de octubre del dos mil diecisiete. Regístrese y comuníquese. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SILVA Gerente General Regional 1608301-3

aplicable para el Proyecto referido es el previsto en el D. Leg. N° 1012 (en adelante la Ley) y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 127-2014-EF (en adelante el Reglamento); Que, el artículo 31°, numeral 31.2, del Reglamento establece que si dentro del plazo de noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la Declaración de Interés concurren uno o más terceros interesados en la ejecución del proyecto de inversión objeto de la iniciativa privada, el Organismo Promotor de la Inversión Privada deberá cursar una comunicación escrita al proponente, poniendo en su conocimiento la existencia de terceros interesados en el proyecto y procederá a llevar adelante el correspondiente proceso de selección; Que, de acuerdo a lo manifestado en el Informe N° 098-2017-GRA/GRPIP, ante la Entidad se presentaron varias expresiones de interés para la ejecución del Proyecto referido, y que habiendo cumplido con los requisitos establecidos en la Declaratoria de Interés fueron declarados como terceros interesados; por lo que, se propone la conformación del Comité Especial que se encargará de dirigir el Concurso Público Especial y demás facultades que le son inherentes, más aún que entre sus miembros se consideran a representantes del Organismo Promotor de la Inversión Privada y dada la especialidad y envergadura de la materia. Estando a los Informes de Vistos; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867; la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA; el D. Leg. N° 1012 y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 127-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONFORMAR el Comité Especial que se encargará de dirigir el Concurso Público Especial para la selección del inversionista que ejecutará la iniciativa privada denominada "Instalación y operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa": MIEMBROS TITULARES:

Conforman Comité Especial encargado de dirigir el Concurso Público Especial para la selección del inversionista que ejecutará la iniciativa privada denominada "Instalación y operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa"
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 653-2017-GRA/GR VISTO: El Informe N° 098-2017-GRA/GRPIP a través del cual la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada propone la conformación del Comité Especial que dirigirá el Concurso Público Especial, el Informe N° 16802017-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el D. Leg. N° 1224 se aprobó la Ley marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, con el objeto de establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley, establece que las iniciativas privadas que a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1224 hayan sido admitidas a trámite y hasta la suscripción del contrato, seguirán sujetas al procedimiento vigente hasta antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1224; Que, en fecha 18 de diciembre de 2015 la Empresa Kanay S.A.C. presentó la iniciativa privada para la "Instalación y operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa" (en adelante Proyecto), la misma que fue admitida a trámite con Resolución N° 007-2015GRA/PR-GRPIP de fecha 24 de diciembre de 2015; en tal sentido, se desprende que el procedimiento

1. Ing. Brunno Alonso Gambetta Paredes 2. Ing. Zacarias Madariaga Coaquira 3. Abog. Abraham Zegarra Villanueva MIEMBROS SUPLENTES:

Presidente Primer Miembro Segundo Miembro

1. Ing. Ybeth Chirinos Zegarra Presidente Suplente 2. Lic. Renato Concha Urday Zaa Primer Miembro Suplente 3. Sra. María del Pilar Chávez Mora Segundo Miembro Suplente Artículo 2º.- PRECISAR que el Comité Especial está facultado para: 1) aprobar los Proyectos de Contratos, incluida la versión definitiva de éste documento; 2) decidir la suspensión o cancelación del Concurso Público Especial; 3) aprobar modificaciones no sustanciales a las Bases, absolver consultas, emitir y publicar Circulares, recibir y evaluar los documentos contenidos en los Sobres N° 1, 2 y 3, calificar y declarar como tales a los Postores, adjudicar la buena pro, gozando el Comité Especial en general, de cualquier otra facultad inherente y necesaria para conducir el Concurso Público Especial, todo en el marco de los previsto en el D. Leg. Nº 1012 y su Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 127-2014-EF. Artículo 3°.- COMUNICAR la presente Resolución a PROINVERSIÓN y al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines a que se contrae el D.S. N° 127-2014-EF. Artículo 4°.- NOTIFICAR la presente resolución a los miembros del Comité Especial y la Gerencia General Regional, para los fines legales consiguientes. Artículo 5°.- PUBLICAR el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa (www. regionarequipa.gob.pe). Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiún (21) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

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