Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2018 (27/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de enero de 2018 /

El Peruano

dineraria efectuada por el Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú - Ecuador hasta por la suma de UN MILLÓN CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1 000 000,00), que al tipo de cambio informado por PROVIAS NACIONAL de S/ 3.227, equivale a la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 227 000,00), destinada a financiar parcialmente las Obras de Construcción del Puente Santa María de Nieva y Accesos; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la donación dineraria efectuada por el Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú ­ Ecuador y autorizar su incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2018, Unidad Ejecutora 007: PROVÍAS NACIONAL, hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 227 000,00), destinada a los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptación Aceptar y agradecer la donación dineraria efectuada por el Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú - Ecuador hasta por la suma de UN MILLÓN CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1 000 000,00), destinada al financiamiento parcial de las Obras de Construcción del Puente Santa María de Nieva y Accesos. Artículo 2.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2018, Unidad Ejecutora 007: PROVÍAS NACIONAL, hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 227 000,00), de acuerdo con el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 1.4 1.4.2 1.4.2.2 1.4.2.2.2 1.4.2.2.2.99 (En Soles) 4 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

Artículo 4.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto coordinará con la Unidad Ejecutora 007: PROVÍAS NACIONAL, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia del presente dispositivo se remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público, en concordancia a lo señalado en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1610910-3

Autorizan a la empresa MASTER GAS AUTOS E.I.R.L., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 222-2018-MTC/15 Lima, 12 de enero de 2018 VISTOS: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-3128492017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa MASTER GAS AUTOS E.I.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales N°s. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante "La Directiva", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de La Directiva, establece que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diésel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio del motor para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-312849-2017 de fecha 28 de noviembre de 2017, la empresa MASTER GAS AUTOS E.I.R.L., en adelante La Empresa, solicita la evaluación y recurso de reconsideración del documento presentado con Hoja de Ruta N° 240919-2017 que dio mérito a la Resolución Directoral N° 1853-2017-MTC/15, la cual declaró improcedente su solicitud de autorización para funcionar como taller de conversión a gas natural vehicular - GNV; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-341373-2017 de fecha 29 de diciembre de 2017, La Empresa indica que por error involuntario solicitó la

INGRESOS PRESUPUESTARIOS DONACIONES Y TRANSFERENCIAS DONACIONES DE CAPITAL ORGANISMOS INTERNACIONALES OTROS ORGANISMOS OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES TOTAL INGRESOS

3 227 000,00 3 227 000,00 ========== (En Soles)

EGRESOS SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO CENTRAL

036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 007 : PROVÍAS NACIONAL

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : REDUCCIÓN DEL COSTO, TIEMPO E INSEGURIDAD VIAL EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE PROYECTO 2109832 : CONSTRUCCION DEL PUENTE SANTA MARIA DE NIEVA Y ACCESOS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 3 227 000,00 TOTAL EGRESOS 3 227 000,00 ==========

Artículo 3.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

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