Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2018 (03/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 3 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representantes del Ministerio ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 033-2018-TR Lima, 1 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 892 y modificatorias crea el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO, como una persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa, económica y financiera, el cual será administrado por un Consejo Directivo; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 009-98TR y modificatorias, que aprueba el Reglamento para la aplicación del derecho de los trabajadores de la actividad privada a participar en las utilidades que generen las empresas donde prestan servicios, establece que el citado Consejo Directivo estará conformado, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo presidirá y tendrá el voto dirimente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 077-2015TR se designa al señor VICENTE DANIEL CORZO VALDIGLESIAS como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2152016-TR se designa al señor JAIME LUIS OBREROS CHARÚN, Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, quien lo preside; Que, a través de la Resolución Suprema N° 004-2018TR se acepta la renuncia del referido funcionario al cargo de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, mediante Resolución Suprema N° 005-2018-TR se designa al señor CARLOS ANTONIO HERNANDEZ MENDOCILLA en dicho cargo; Que, por convenir al servicio, resulta necesario designar a los nuevos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO; Con la visación de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Decreto Supremo N° 0042014-TR y modificatoria, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JAIME LUIS OBREROS CHARÚN, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Dar por concluida la designación del señor VICENTE DANIEL CORZO VALDIGLESIAS, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar al señor CARLOS ANTONIO HERNANDEZ MENDOCILLA, Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, quien lo presidirá. Articulo 4.- Designar al señor JAVIER ENRIQUE DÁVILA QUEVEDO, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BARREDA JARA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1613290-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Corporación Técnica de Inspección Vehicular S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Móvil, para operar en distritos del departamento de San Martín; y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 459-2018-MTC/15 Lima, 26 de enero de 2018 VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta N° E-280119-2017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud presentados por la empresa CORPORACIÓN TÉCNICA DE INSPECCION VEHICULAR S.A.C., a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Móvil y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: "El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (...)"; Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: "Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográfica, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones

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