Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2018 (08/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 8 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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DEFENSA
Modifican la R.M. N° 1536-2017-DE/SG, sobre designación de representantes de la Marina de Guerra del Perú ante la Comisión Multisectorial creada por R.S. N° 194-2017PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0149-2018 DE/SG Lima, 6 de febrero de 2018 VISTOS: El Oficio G.500-0381, del 22 de enero de 2018, del Secretario del Comandante General de la Marina; y, el Informe Legal Nº 195-2018-MINDEF/OGAJ, del 31 de enero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Resolución Suprema Nº 194-2017-PCM, del 06 de octubre de 2017, dispuso en su artículo 1, la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que tiene por objeto coadyuvar en las acciones de coordinación y articulación, en materia de defensa, seguridad pública así como de inteligencia antes, durante y después de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema, estableció que la Comisión Multisectorial, está conformada -entre otros- por un/una representante del Ministerio de Defensa; de la Marina de Guerra del Perú; de la Fuerza Aérea del Perú; del Ejército del Perú; de la Jefatura de la División de Inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y, de cada una de las Direcciones de Inteligencia de las Fuerzas Armadas. Asimismo, dispuso que los referidos miembros ejercen sus funciones ad honorem, y pueden contar con un representante alterno; Que, por su parte, el artículo 4 del referido dispositivo legal, señala que los/las representantes de la Comisión Multisectorial son designados/as mediante Resolución del titular correspondiente, dentro de los cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de dicha Resolución Suprema; Que, bajo ese contexto normativo, mediante Resolución Ministerial N° 1536-2017-DE/SG, del 20 de octubre de 2017, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 1841-2017-DE/SG, del 06 de noviembre de 2017 y N° 004-2018-DE/SG, del 03 de enero de 2018, se designó a los representantes de este Ministerio, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; así como, a los representantes de las Direcciones de Inteligencia de cada Institución Armada, ante dicha Comisión Multisectorial; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Secretario del Comandante General de la Marina ha remitido la relación del personal militar y civil para ser designado ante la mencionada Comisión Multisectorial; por lo que, resulta necesario emitir el dispositivo legal correspondiente a efectos de materializar dicha propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2016-DE; y, en la Resolución Suprema Nº 194-2017-PCM, que crea la Comisión Multisectorial para coadyuvar en las acciones en materia de defensa, seguridad pública e inteligencia, antes, durante y después de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Paranamericanos del 2019.

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 1536-2017-DE/SG, del 20 de octubre de 2017, en los siguientes extremos: - Representantes de la Marina de Guerra del Perú: · Contralmirante REY SÁNCHEZ SOLANO Eugenio · Capitán de Navío COBOS CHÁVARRI Sergio Titular Alterno

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www. mindef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1614860-1

Aprueban habilitación de oficiales de la Marina Mercante Nacional que operan en el ámbito marítimo, para desempeñar funciones en el ámbito fluvial a bordo de naves tipo "Ferry", naves turísticas tipo crucero y similares
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº RD. 0157-2018 MGP/DGCG FOLIO 282-284 1 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el numeral (5) del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional ­ Dirección General de Capitanías y Guardacostas, señala como ámbito de aplicación, entre otras, las personas naturales y jurídicas, cuyas actividades se desarrollen o tengan alcance en el medio acuático y que correspondiéndole a la Autoridad Marítima Nacional aplicar y hacer cumplir lo dispuesto en la citada norma; Que, los numerales (1) y (15) del artículo 4° del mencionado Decreto Legislativo, establecen que es función de la Autoridad Marítima Nacional, entre otras, velar por la seguridad de la vida humana en el medio acuático, así como normar, supervisar y certificar la formación, capacitación y titulación por competencias de las personas naturales que desempeñan labores en el medio acuático, dentro del ámbito de su competencia de acuerdo a la normatividad nacional e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 015-2014-DE de fecha 27 de noviembre del 2014 que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, faculta a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su condición de Autoridad Marítima Nacional, para que mediante Resolución Directoral, expida las normas complementarias que requiera la aplicación de lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147; Que, el artículo 352 del mencionado reglamento, establece que las actividades de formación, evaluación de la competencia, titulación, refrendo y revalidación para el personal mercante marítimo deben efectuarse de acuerdo a las prescripciones del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para

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