Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2018 (08/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 8 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5006144 : Atención de Actividades de Emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS 1 298 626,00 52 600 744,00 =========== 53 899 370,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente dispositivo legal, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1614916-4

Chocano Portillo, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Javier Eugenio Manuel José Chocano Portillo ha presentado renuncia al referido cargo, precisando como último día de labores el 7 de febrero de 2018, por lo que resulta conveniente aceptarla a partir del 8 de febrero de 2018 así como designar a la persona que en reemplazo de dicho servidor ocupará el precitado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Javier Eugenio Manuel José Chocano Portillo, al cargo de Director de Programa Sectorial IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 8 de febrero de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Victorhugo Montoya Chávez en el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Categoría F-5, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 8 de febrero de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1614835-1

Aprueban Lineamientos para la aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2018-EF/50.01 Lima, 2 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el artículo 12 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de los proyectos de inversión, de los proyectos que no se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, bajo

Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2018-EF/10 Lima, 6 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 264-2016EF/10, se designó al señor Javier Eugenio Manuel José

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