Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2018 (14/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 14 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 024-2017-MPYLO/CM La Oroya, 17 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI ­ LA OROYA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya, en Sesión Ordinaria de fecha 17 agosto de 2017; y, VISTOS: El Acuerdo de Concejo Municipal N° 084-2017-MPYLO/ CM, de fecha 17 de agosto de 2017 y el Dictamen N° 021-2017-CALPP/MPYLO, de fecha 09 de agosto de 2017, emitido por la Comisión de Asuntos Legales, Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya y demás actuados; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico"; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto, y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, mediante inciso 8) del artículo 9° de la norma antes citada, señala que "Corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: "Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos", las cuales de conformidad con el artículo 200º inciso 4) de la Constitución Política del Perú, tiene rango de Ley; Que, en mérito al considerando precedente, el artículo 40° del mismo cuerpo legal antes acotado define la Ordenanza de la siguiente forma: "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley"; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, es un documento de gestión conciliador, informativo, descriptivo, sistematizar y facilitador de la gestión del trámite administrativo por parte de los administrados ante la municipalidad, en ese sentido su contenido es fundamental en la simplificación administrativa;

Que, el numeral 43.1 del articulo del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017JUS, establece, entre otros aspectos, que el TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal en el caso de los gobiernos locales; Que, al haberse producido importantes modificaciones legales en diversas normas que rigen procedimientos administrativos a cargo de la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya, resulta necesario aprobar su nuevo TUPA, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 006-2017JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado que aprueba la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, la metodología de simplificación administrativa aprobada mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM que aprueba la metodología la determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y el formato TUPA aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2009-PCM; Que, la Comisión de Asuntos Legales, Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de YauliLa Oroya, mediante Dictamen N° 021-2017-CALPP/ MPYLO, de fecha 09 de agosto de 2017, mediante el cual recomienda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2017 de la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya; En uso de las facultades conferidas en el Inciso 8º del Artículo 9º y los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI-LA OROYA. Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya, así como las tasas por concepto de derecho de tramitación fijados para los procedimientos administrativos y servicios exclusivos contenidos en él; precisando que el TUPA consta de cientos veintiséis ítems (entre procedimientos administrativos y servicios exclusivos) forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma de la Municipalidad Provincial de Yauli La Oroya que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- PRECISAR que no es necesaria la firma de abogado para la presentación de recursos impugnativos (reconsideración y apelación) ante la Municipalidad Provincial de Yauli-La Oroya. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Unidad de Informática la publicación de la presente norma y sus correspondientes anexos en el Portal Institucional (www.laoroya.gob.pe) y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal tomar las acciones que correspondan para garantizar la implementación y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ARREDONDO MAYTA Alcalde 1616409-1

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