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21 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de julio de 2018 El Peruano / Supremo Nº 149-2018-EF, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de VEINTIDÓS MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 22 166 381,00), de los cuales VEINTE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 20 565 541,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 600 840,00) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo a los recursos del “Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento”, conforme al detalle siguiente: INGRESOS: En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 20 565 541,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito 1.8.2.2.1.1. Bonos del Tesoro Público 1 600 840,00 =========== TOTAL EGRESOS 22 166 381,00 =========== EGRESOS: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Nacional PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 20 565 541,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 1 600 840,00 =========== TOTAL EGRESOS 22 166 381,00 =========== Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, instruye a las Unidades Ejecutoras, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Transferencia Financiera a Favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de VEINTIDÓS MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 22 166 381,00), de los cuales VEINTE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 20 565 541,00) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 600 840,00) en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para fi nanciar cinco (05) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, conforme al detalle contenido en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada, se realiza con cargo a los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución, que corresponde al Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 5.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 3 del presente dispositivo son para el fi nanciamiento de proyectos de inversión en materia de saneamiento urbano, y no podrán ser destinados a fi nes distintos, bajo responsabilidad. Artículo 6.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) Artículo 7.- Remisión Copia del presente dispositivo, se remite a los organismos señalados en párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN