Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2018 (04/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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VISTO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de julio de 2018 /

El Peruano

El Informe Nº 009-2018-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria y Asesoría Jurídica, el cual contiene la propuesta de modificación del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modificada por Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Asesoría Jurídica, y la Gerencia General; El Consejo Directivo en su sesión del 27 de junio de 2018; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de Resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del Reglamento General de Tarifas y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su difusión en el portal institucional de la SUNASS (www. sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados presenten sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese, publíquese y difúndase. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo 1665252-1

VISTOS: La Carta s/n del señor Wilfredo Velito Rivera (Correlativo N° 00527779); el Informe N° 557-2018-INGEMMET/OA-UP de la Unidad de Personal; el Memorando N° 153-2018-INGEMMET/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 181-2018/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa constituyendo un Pliego Presupuestal, conforme con lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 146-2017-INGEMMET/PCD del 27 de octubre de 2017, se designó al señor Wilfredo Velito Rivera en el cargo de Director de la Oficina de Administración del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, bajo el régimen de la actividad privada, regulado por el TUO del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; Que, a través de la Carta s/n de fecha 28 de junio de 2018, el señor Wilfredo Velito Rivera, presentó su renuncia al cargo de Director de la Oficina de Administración del INGEMMET que venía desempeñando, solicitando que se le exonere del plazo legal previsto en el artículo 18 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral (LPCL), aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2013EM del 01 de abril de 2013, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal - CAP del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, actualizado por Resolución de Presidencia N° 025-2014-INGEMMET/ PCD del 24 de febrero de 2014, el cual prevé el cargo estructural de Director de la Oficina de Administración del INGEMMET, clasificado como Empleado de Confianza (EC); Que, el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, aprobado mediante Resolución de Presidencia N° 080-2016-INGEMMET/PCD del 05 de julio de 2016, establece para el cargo de Director de la Oficina de Administración del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, el nivel y categoría (D-4); Que, mediante Informe N° 557-2018-INGEMMET/ OA-UP de fecha 28 de junio de 2018, la Unidad de Personal señala que el señor Rafael Cárdenas Vanini, cumple con todos los requisitos establecidos en el Manual de Organización y Funciones (MOF) del INGEMMET, aprobado por Resolución de Presidencia N° 156-2013-INGEMMET/PCD, para desempeñar las funciones inherentes al cargo de Director de la Oficina de Administración del INGEMMET; Que, mediante Memorando N° 153-2018-INGEMMET/ SG-OPP de fecha 02 de julio de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que el cargo de Director de la Oficina de Administración contenida en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) vigente, se encuentra debidamente presupuestado para el ejercicio fiscal del año 2018, conforme al Presupuesto Analítico de Personal del INGEMMET; Que, mediante Informe N° 181-2018-INGEMMET/SGOAJ del 02 de julio de 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que corresponde aceptar la renuncia del señor Wilfredo Velito Rivera al cargo de Director de la Oficina de Administración; asimismo, que resulta legalmente viable la designación del señor Rafael Cárdenas Vanini, en el cargo de Director de la Oficina de Administración del INGEMMET bajo el régimen de la actividad privada, regulado por el Decreto Supremo N° 003-97-TR que aprueba el TUO del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; Que, el numeral 8) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM, establece que es función del

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Designan Director de la Oficina Administración del INGEMMET
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 075-2018-INGEMMET/PCD Lima, 2 de julio de 2018

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