Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2018 (20/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2661-2018-MP-FN

Viernes 20 de julio de 2018 /

El Peruano

Lima, 19 de julio de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Saida Milagros Florián Paredes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Pool de Fiscales de Ventanilla, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1672086-13

Que, asimismo, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de dicha ordenanza, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe la prórroga de su vigencia; Que, mediante documento de la referencia, la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, con la conformidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 549-MDJM; Que, siendo política de la presente gestión otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 549-MDJM; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 19 de agosto de 2018 la vigencia de la Ordenanza Nº 549MDJM que establece un plan de incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1671823-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 549MDJM, que establece plan de incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2018-MDJM Jesús María, 18 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTOS: el Informe Nº 231-2018-MDJM-GSC-SFT de la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, el Informe Nº 044-2018-MDJM-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 379-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum Nº 313-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 549-MDJM, aprobada el 8 de junio de 2018 y publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de junio de 2018, se establece un Plan de Incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María, el cual establece en su artículo 10º que los administrados podrán acogerse a los beneficios no tributarios dispuestos en la citada norma municipal desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano hasta el 20 de julio del 2018;

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Establecen beneficio tributario a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 369 La Molina, 18 de julio de 2018 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 15-2018 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto al proyecto de "Ordenanza que establece beneficio tributario en la jurisdicción del distrito de La Molina"; y, De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer el beneficio tributario de carácter temporal a favor de los contribuyentes en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- ALCANCE Y BENEFICIOS 2.1 Alcance Podrán acogerse al presente beneficio, aquellos deudores tributarios que cumplan con pagar el total del

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