Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2018 (05/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 5 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
Arbitrios Municipales 1992: 90% Arbitrios Municipales 1993: 90% Arbitrios Municipales 1994: 90% Arbitrios Municipales 1995: 90% Arbitrios Municipales 1996: 90% Arbitrios Municipales 1997: 90% Arbitrios Municipales 1998: 90% Arbitrios Municipales 1999: 90% Arbitrios Municipales 2000: 90% Arbitrios Municipales 2001: 90% Arbitrios Municipales 2002: 90% Arbitrios Municipales 2003: 90% Arbitrios Municipales 2004: 90% Arbitrios Municipales 2005: 90% Arbitrios Municipales 2006: 90% Arbitrios Municipales 2007: 90% Arbitrios Municipales 2008: 90% Arbitrios Municipales 2009: 90% Arbitrios Municipales 2010: 90% Arbitrios Municipales 2011: 90% Arbitrios Municipales 2012: 90% Arbitrios Municipales 2013: 90% Arbitrios Municipales 2014: 90% Arbitrios Municipales 2015: 70% Arbitrios Municipales 2016: 70% Arbitrios Municipales 2017: 70%

39

Que, mediante el Informe Nº 178-2018-GAJ/MDC, el Gerente de Asesoría Jurídica, opina que estando a la documentación e informes aparejados que se adjunta al presente proyecto de ordenanza municipal que establece el programa de incentivos y beneficios tributarios en el Distrito de Carabayllo, cuyo alcance será desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y como fecha de término el 30 de junio de 2018, debe ser remitida al pleno del Concejo Municipal para su aprobación previo dictamen. Que, mediante Carta Nº 169-2018-SG/MDC, la Gerencia de Secretaria General remite los actuados del proyecto de ordenanza municipal que establece el programa de incentivos y beneficios tributarios en el Distrito de Carabayllo a la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto para que emitan el dictamen correspondiente, el mismo que ha sido emitido conforme se describe en el visto. Que, estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo Extraordinaria de la fecha, acuerdan APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL que: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVOS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es aplicable a los contribuyentes que se encuentren ubicados en la jurisdicción del distrito de Carabayllo. Artículo 2º.- FINALIDAD Y ALCANCE El presente programa establece el régimen de incentivos y beneficios tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, aplicable a todos los Contribuyentes que tengan deudas pendientes por los siguientes conceptos: · Impuesto Predial · Arbitrios Municipales · Multas Tributarias · Multas Administrativas · Convenios de Fraccionamiento Artículo 3º.- VIGENCIA El Beneficio Tributario entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, extendiéndose hasta el 30 DE JUNIO DE 2018, posteriormente se efectuará el cobro de la totalidad de las obligaciones pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos y la comunicación de la deuda pendiente de pago a las Centrales de Riesgo. Artículo 4º.- BENEFICIO DE DEUDA PREDIAL Los contribuyentes que mantengan deuda vencida pendiente de pago por concepto de los tributos señalados en el art. 2º del presente dispositivo, obtendrán los siguientes beneficios: · Descuento del 100% (cien por ciento) de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas. Artículo 5º.- BENEFICIO DE DEUDA POR ARBITRIOS SOBRE AÑOS ANTERIORES. Los contribuyentes que mantengan deuda vencida pendiente de pago por concepto de Arbitrios Municipales desde el ejercicio 1992 al 2017 obtendrán los siguientes beneficios: · Descuento del 100% (cien por ciento) del interés moratorio, gastos administrativos y costas coactivas, adicionalmente sobre el monto insoluto se aplicará el siguiente descuento:

Artículo 6º.- INCENTIVO DE PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Concédase el incentivo de pago para la cancelación de las multas administrativas que se encuentran en cobranza ordinaria y/o coactiva para las personas naturales y jurídicas, un descuento del valor total de la multa impuesta o del saldo que quedase. Hasta el año 2014: 90% Hasta el año 2015 - 2018: 70% Artículo 7º.- INCENTIVO DE PAGO DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS Concédase el incentivo de pago para la cancelación de las multas tributarias que se encuentran en cobranza ordinaria y/o coactiva para las personas naturales y jurídicas, un descuento del 90% de valor total de la multa impuesta o del saldo. Artículo 8º.- INCENTIVOS - CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO Concédase el beneficio del descuento del 100% de los intereses generados en virtud de la suscripción del convenio de fraccionamiento que se encuentren en estado ordinario y/o coactivo. Artículo 9º.- FORMA DE PAGO Para acogerse al presente beneficio, el pago debe realizarse en efectivo, no admitiéndose el pago en bienes o servicios. Artículo 10º.- DESISTIMIENTO LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN INICIADO UN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO (RECLAMACIÓN) ante la administración tributaria u otras instancias administrativas y/o judiciales, así como cuestionamientos a los procesos de ejecución coactiva, por las deudas materia de acogimiento consideradas en la presente ordenanza, DEBERÁN DESISTIRSE DEL PROCEDIMIENTO INICIADO ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA o presentar copia autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas y/o judiciales. Artículo 11º.- REVOCACIÓN DE VALORES TRIBUTARIOS Y SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA. Acogido al presente programa de exoneraciones, incentivos y beneficios se revocaran automáticamente las órdenes de pago y/o resoluciones de determinación que contengan deuda tributaria sobre la que sea aplicable el presente programa, otorgados mediante la presente ordenanza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.