Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2018 (05/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 5 de junio de 2018 /

El Peruano

a la conclusión del referido certamen, un informe que deberá contener: a) Actividades efectuadas durante la capacitación, b) Acciones innovadoras de orden administrativo y jurisdiccional observadas en las dependencias visitadas que superen los usos o estándares establecidos, c) Modelo de despacho judicial aplicado, d) Propuestas para optimizar el despacho judicial a aplicarse en el Distrito Judicial al que pertenece, teniendo en cuenta lo observado durante la visita de trabajo, de ser el caso, e) Relación de los asistentes, y f) Materiales empleados durante las actividades realizadas; y de ser el caso adjuntar la documentación respectiva para la difusión a los señores jueces. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Disponer que los mencionados participantes emitan informe sobre la sustentación de los gastos realizados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; procediéndose a la devolución del dinero no gastado. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Loreto, funcionarios participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLI APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1655227-6

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la reubicación del 16º y 17º Juzgado especializado en lo Contencioso Administrativo a la sede judicial Arnaldo Márquez, distrito de Jesús María
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 216-2018-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de junio de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 168-2016-CE-PJ de fecha 6 de Julio del 2016, la Resolución Administrativa Nº 178-2018-P-CSJLI/PJ de fecha 4 de Mayo del 2018, el Oficio Nº 157-2018-UAF-GAD-CSJLI/PJ de fecha 4 de Junio de los corrientes, y; CONSIDERANDO: Que, mediante resolución administrativa Nº 168-2016CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el funcionamiento del Primer, Segundo y Tercer módulos corporativos laborales de los Juzgados de Trabajo y el sub módulo corporativo laboral de los Juzgados de Paz Letrado Laborales de esta Corte Superior de Justicia, a partir del 1 de setiembre del año 2016, en sub módulos corporativos laborales de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, estando conformados el Primer Sub Módulo Corporativo Laboral por el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Trabajo, el Segundo Sub Módulo Corporativo Laboral por el 5º, 6º, 7º y 8º Juzgados de Trabajo, el Tercer Sub Módulo Corporativo Laboral por el 9º, 10º, 11º y 12º Juzgados de Trabajo, el Cuarto Sub Módulo Corporativo Laboral por el 13º, 14º, 15º y 16º Juzgados de Trabajo,

el Quinto Sub Módulo Corporativo Laboral por el 17º, 18º, 19º y 20º Juzgados de Trabajo, el Sexto Sub Módulo Corporativo Laboral por el 21º, 22º, 38º y 39º Juzgados de Trabajo, el Sétimo Sub Módulo Corporativo Laboral por el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrado Laborales y, el Octavo Sub Módulo Corporativo Laboral por el 5º, 6º y 7º Juzgados de Paz Letrado Laborales. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 178-2018-P-CSJLI/PJ emitida por este Despacho, se dispuso como una primera acción conducente a la adecuación de los ambientes requeridos por el quinto y sexto sub módulos laborales, la reubicación del 15º Juzgado de Trabajo Transitorio hacia la sede judicial La Mar (distrito de Miraflores), manteniendo pendiente de realizar diferentes gestiones con el objetivo de continuar con la referida adecuación. En tal sentido, mediante el oficio de vistos elaborado por la Coordinación de Infraestructura de la Unidad Administrativa y de Finanzas se ha puesto de conocimiento a este Despacho las siguientes acciones encaminadas a la adecuación de los ambientes del piso 5 de la sede judicial Javier Alzamora Valdez donde se ubican el quinto y sexto sub módulos corporativos laborales, proponiendo el traslado temporal de diversos órganos jurisdiccionales a otras sedes judiciales, con la finalidad de viabilizar la referida adecuación de los sub módulos corporativos laborales. Que, en ese sentido la Presidencia de este distrito judicial en procura de un óptimo y apropiado funcionamiento de los Juzgados Laborales que conforman los referidos sub módulos corporativos, lo cual se reflejará en brindar un mejor servicio a los usuarios del sistema de justicia de este distrito judicial, debe disponer las acciones necesarias con tal fin. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la reubicación del 16º y 17º Juzgado especializado en lo Contencioso Administrativo ubicados actualmente en el piso veinte (20) y diecinueve (19) de la sede judicial Javier Alzamora Valdez respectivamente, hacia los ambientes proporcionados del piso dos (2) de la sede judicial Arnaldo Márquez, sito en la Av. Arnaldo Márquez Nº 1065, distrito de Jesús María, cuyo traslado se realizará en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, a partir del 7 de Junio del año en curso. Artículo Segundo.- DISPONER que a partir del 11 de Junio del año en curso, toda documentación dirigida hacia el 16º y 17º Juzgado especializado en lo Contencioso Administrativo será recibida por la mesa de partes de la sede judicial Arnaldo Márquez. Artículo Tercero.- DISPONER que se publique en el portal Institucional y en las mesas de partes correspondientes el traslado y reubicación del 16º y 17º Juzgado especializado en lo Contencioso Administrativo de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas, la Unidad de Servicios Judiciales, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Oficina de Prensa e Imagen Institucional en coordinación con sus órganos de línea y según sus competencias, realicen las acciones y gestiones correspondientes para garantizar la adecuada instalación y funcionamiento de los citados órganos jurisdiccionales inmersos en la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de

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