TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 El Peruano / a) El Ministro/a de Transportes y Comunicaciones o su representante, quien preside el Comité y actúa como líder del Gobierno Digital. b) El/la Director/a de la O fi cina de Tecnología de Información de la O fi cina General de Administración, quien ejerce la Secretaría Técnica. c) El/la Director/a de la O fi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración o su representante. d) El/la Director/a de la O fi cina de Organización y Racionalización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. e) El/la Director/a de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental. f) El Director/a de la O fi cina de Imagen Institucional o su representante. g) El/la O fi cial de Seguridad de la Información. Artículo 3.- Funciones El Comité de Gobierno Digital - MTC, tiene las siguientes funciones: a) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital del Sector Transportes y Comunicaciones. b) Formular e implementar el Plan de Gobierno Digital del Sector Transportes y Comunicaciones; así como supervisar y evaluar su cumplimiento. c) Evaluar el uso de las tecnologías digitales en el marco de los cambios tecnológicos, regulatorios, entre otros, con miras a implementar el Gobierno Digital. d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital en los Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros. e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales. f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital. g) Vigilar y supervisar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital en los proyectos especiales, fondos del Ministerio y sus organismos públicos y empresas adscritas. h) Promover el intercambio de datos de información, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades. i) Proponer lineamientos, estrategias y mecanismos de modernización, innovación y transformación digital de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones, mediante la implementación u optimización de sus procesos, procedimientos y servicios digitales. j) Coordinar, priorizar o proponer el portafolio de proyectos de innovación, digitalización y automatización de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones, según corresponda, en el marco de la Agenda Digital Peruana y la normativa vigente. k) Realizar el seguimiento a la ejecución de los proyectos priorizados y coordinar las acciones técnicas que faciliten la implementación por los órganos, proyectos especiales, fondos del Ministerio, así como de sus organismos públicos y empresas adscritas. l) Otras funciones que le asigne la Alta Dirección o por norma expresa. El Comité de Gobierno Digital – MTC, conforma equipos de trabajo para el mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 4.- Instalación El Comité de Gobierno Digital – MTC, se instala en un plazo que no exceda de tres (03) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Sesiones El Comité de Gobierno Digital – MTC, para el cumplimiento de sus funciones debe sesionar trimestralmente o de manera extraordinaria las veces que fuera necesario.Artículo 6.-Transferencia de acervo documentarioLa Comisión Sectorial - MTC Digital, creada por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 973-2017-MTC/01, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente Resolución, trans fi ere al Comité de Gobierno Digital – MTC, el acervo documentario y los proyectos que se generaron en el marco de sus funciones. Artículo 7.- Financiamiento Los miembros del Comité de Gobierno Digital – MTC ejercen el cargo ad honorem. El cumplimiento de la presente resolución no irroga gastos adicionales al tesoro público. Artículo 8.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única . Deróguese la Resolución Ministerial N° 973- 2017-MTC/01 que crea en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones la Comisión Sectorial - MTC Digital, encargada de liderar e impulsar las estrategias de modernización, innovación y transformación digital de los servicios y trámites que brinda el Sector Transportes y Comunicaciones al ciudadano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1656893-2 Aprueban Directiva “Disposiciones para el uso del sistema TUPA Digital MTC” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423-2018 MTC/01 Lima, 5 de junio de 2018VISTOS: El Memorándum Nº 782-2018-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes N°s. 0050 y 0060-2018-MTC/09.05 de la O fi cina de Organización y Racionalización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos con el objetivo, entre otros, de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa, establece, entre otras disposiciones, que las entidades de la administración pública de manera gratuita, a través de la interoperabilidad, interconecten, pongan a disposición, permitan el acceso o suministren la información o bases de datos actualizadas que administren, recaben, sistematicen, creen o posean respecto de los usuarios o administrados, que las demás entidades requieran necesariamente y de acuerdo a ley, para la tramitación de sus procedimientos administrativos y para sus actos de administración interna; Que, asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, establece medidas adicionales para dotar al régimen jurídico que rige