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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (08/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 / El Peruano al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Decreto Supremo que Aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor ALFREDO FEDERICO ALVAREZ ZEVALLOS, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 13 al 15 de junio de 2018, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 13 AL 15 DE JUNIO DE 2018 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 234-2018-MTC/12.04 Y Nº 255-2018-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1256-2018- MTC/12.0413-jun 15-junUS$ 660.00LAN PERU S.AALVAREZ ZEVALLOS, ALFREDO FEDERICOMIAMIESTADOS UNIDOS DE AMERICAChequeo técnico Inicial como Primer O fi cial en el Avión y Habilitación en el equipo B-767 a su personal aeronáutico9625-9626 1656893-5 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban la Metodología de Cálculo de las Multas en materia ambiental en el Sector Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2018-VIVIENDA Lima, 6 de junio de 2018VISTO, el Informe Nº 477 2018-VIVIENDA/VMCS- DGAA-DGA, de fecha 27 de abril del 2018; CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que las personas tienen derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como, el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente; Que, es Política del Estado Peruano la gestión sostenible de los recursos hídricos en concordancia con las normas ambientales, la mejora de la calidad de la prestación de los servicios de saneamiento, su sostenibilidad y la ampliación de su cobertura y el tratamiento de las aguas residuales; Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento establecen que el Ministerio es el Ente rector de las políticas nacionales y sectoriales en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana, que tiene competencias exclusivas para establecer normas y lineamientos para la fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 8 de la referida Ley establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de sus competencias, tiene la función de hacer cumplir el marco normativo relacionado al ámbito de su competencia, ejerciendo la potestad sancionadora y coactiva, cuando corresponda; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1285, Decreto Legislativo que modi fi ca el artículo 79 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental, señala que constituyen infracciones pasibles de sanción las conductas que incumplen las normas sectoriales y ambientales. La tipi fi cación de infracciones, escala de sanciones y medidas administrativas se establecen por vía reglamentaria, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, asimismo, el artículo 6 del citado Decreto Legislativo establece que las infracciones se clasi fi can en leves, graves y muy graves. Los tipos de sanciones son amonestación escrita y multas; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 024-2017-VIVIENDA, que aprueba la Tipi fi cación de Infracciones Administrativas y Escala de Sanciones en Materia Ambiental en el Sector Saneamiento establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial aprobará la Metodología para el Cálculo de Multas que se impondrá a los Prestadores de los Servicios de Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1285, que modi fi ca el artículo 79 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado con Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA;