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40 NORMAS LEGALES Viernes 8 de junio de 2018 / El Peruano a la Administración Pública de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simpli fi cación, e fi cacia, efi ciencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que el procedimiento administrativo puede realizarse total o parcialmente a través de tecnologías y medios electrónicos, y que dichos actos administrativos realizados a través del medio electrónico, poseen la misma validez y efi cacia jurídica que los actos realizados por medios físicos tradicionales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el acápite 8 del numeral 2.3 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, constituye un objetivo especí fi co de la misma promover el gobierno electrónico a través del uso intensivo de las tecnologías de información y comunicación (TIC) como soporte a los procesos de plani fi cación, producción y gestión de las entidades públicas permitiendo a su vez consolidar propuestas de gobierno abierto; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones defi ne, entre otros objetivos estratégicos institucionales del Plan Operativo Institucional del año 2018, aprobado por Resolución Ministerial N° 794-2017-MTC/01, “Fortalecer el uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación – TIC´s”, a fi n de garantizar servicios integrales, seguros y competitivos; Que, mediante Memorándum Nº 782-2018- MTC/09 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en los Informes N°s. 0050 y 0060 -2018-MTC/09.05 de la O fi cina de Organización y Racionalización, propone aprobar la directiva para el uso del sistema TUPA Digital MTC; con la fi nalidad de facilitar a los administrados la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, reduciendo los costos de transacción de los mismos, así como el tiempo de atención de los trámites, buscando acercar el Estado a los ciudadanos; fortaleciendo la simpli fi cación administrativa y la implementación de procesos de mejora continua, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y del fomento del uso de la tecnología y el gobierno digital; Que, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, es necesario aprobar la Directiva “Disposiciones para el uso del sistema TUPA Digital MTC”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Directiva “Disposiciones para el uso del sistema TUPA Digital MTC” Aprobar la Directiva N° 004-2018-MTC/01, “Disposiciones para el uso del sistema TUPA Digital MTC”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Implementación y funcionamiento del TUPA Digital MTC Implementar el TUPA Digital MTC de manera gradual y progresiva, iniciando sus actividades al día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y los Anexos en el Portal del Diario Ofi cial El Peruano (www.elperuano.com.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1656893-3 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2018 MTC/01.02 Lima, 5 de junio de 2018VISTOS: El Documento JI-397/18 (Registro N° E-130285-2018), recibido el 11 de mayo de 2018, de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ; el Informe N° 260-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica y el Informe N° 283-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, señala que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ, presenta una solicitud pa ra que un inspector DGAC realice el Chequeo Inicial en el equipo Airbus A330 a su personal aeronáutico, que se llevará a cabo en el simulador de vuelo de Miami, Estados Unidos de América, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 260-2018-MTC/12.04, al que se