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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (28/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 El Peruano / vinculado a “Becas de Repatriación de Investigadores”- BRI, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los bene fi ciarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando Nº 844-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la O fi cina de General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 250-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas vinculadas al Sector Producción y Educación, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 32/100 SOLES (S/ 216 920,32) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a co fi nanciar los desembolsos en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de entidades públicas vinculadas al Sector de Producción y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 32/100 SOLES (S/ 216 920,32) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinadas a efectuar los desembolsos a los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; conforme al detalle del Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notifi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1664444-2 Derogan la R.M. N° 018-2018-PRODUCE que aprobó las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Producción para el año 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2018-PRODUCE Lima, 27 de junio de 2018VISTOS; el Memorando N° 717-2018-PRODUCE/ OGPPM y el Informe N° 132-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modi fi catorias, de fi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 027-2007- PCM, establece que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro d los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, señalando que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 018-2018- PRODUCE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 17 de enero de 2018, se aprobaron las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Producción para el año 2018, en el marco de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento establecidas por el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modi fi catorias; Que, por Decreto Supremo N° 032-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 23 de marzo de