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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (28/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 / El Peruano ANEXO II I. SERVICIOS 1 Servicios de ingeniería 2 Servicios de arquitectura 3 Servicios de estudios 4 Servicios de asesorías 5 Servicios de suministro de electricidad y agua 6 Servicios de elaboración y ejecución del proyecto de paisajismo 7 Servicios de disposición de residuos 8 Servicios de corretaje 9 Servicios de selección y búsqueda de terrenos 10 Servicios de due diligence de los terrenos necesarios para el proyecto 11 Servicios de control de calidad 12 Servicios de supervisión e inspección 13 Servicios de intermediación y asesoría fi nanciera 14Servicios fi nancieros y de crédito prestados por personas distintas a los bancos e instituciones fi nancieras y crediticias 15 Servicios de auditorías fi nancieras y legales 16 Servicios de auditorías de cumplimiento de obligaciones medioambientales 17 Servicios de monitoreo de obra 18 Servicios de gestión administrativa integral del proyecto 19 Servicios de gerencia del proyecto y administración de los contratos del proyecto 20 Servicios de gestión de estudio de impacto ambiental 21 Servicios de publicidad y promoción22 Servicios de seguridad y salud 23 Servicios de evaluación arqueológica 24Servicios de elaboración y supervisión de le ejecución de un Plan de Evaluación Arqueológico 25 Servicios de elaboración y supervisión de un Plan de Monitoreo Arqueológico 26Servicios de obtención del Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos y demás certi fi caciones y/o autorizaciones requeridas para la ejecución del proyecto 27 Servicios de gestión de la propiedad II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS A: 1 Contratos de obras civiles y obras de montaje 1664444-1 Autorizan transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas vinculadas al Sector de Producción y Educación con cargo al presupuesto del pliego del Programa Innóvate Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2018-PRODUCE Lima, 27 de junio de 2018VISTOS, el O fi cio Nº 217-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 844-2018-PRODUCE/OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 250-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038 Ministerio de la Producción; Que, Decreto Supremo Nº 157-2012-EF, aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y señala entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente año fi scal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias fi nancieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda; conforme a lo dispuesto en la citada Disposición Complementaria Final; asimismo, señala que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; Que, mediante O fi cio Nº 217-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite al Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 051-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ /UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las trasferencias fi nancieras a favor de entidades vinculadas a los Sectores de Producción y Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 32/100 SOLES (S/ 216 920,32), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados a efectuar los desembolsos a los instrumentos: i) 01 “Proyecto de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público” – IAPIP; ii) 01 “Proyectos I+D+I – BIO”-IDIBIO; iii) 01 “Proyecto de Investigación Aplicada”-IA; y iv) 01 Proyecto