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72 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de marzo de 2018 / El Peruano Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, cuya implementación progresiva será regulada por la directiva que emita SERVIR, como se dispone en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, establece en el artículo 7º numeral 7.5 que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas en los Anexos Nº 4, 4-A, 4-B, 4-C y 4-D que forman parte de dicha norma reglamentaria; Que, la Directiva N° 057-2015-SERVIR/GDSRH, dispone que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4; Que, con Informe N° 408-2017-MSB-GAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos señala que la Municipalidad de San Borja, mediante Ordenanza N° 587-MSB aprobó su Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF y su Estructura Orgánica. En ese sentido, habiéndose aprobado los señalados instrumentos de gestión, resulta necesario realizar la modi fi cación de nuestro Cuadro de Asignación de Personal Provisional, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, por lo que recomienda se eleve la propuesta del Cuadro de Asignación de Personal Provisional a la Gerencia de Plani fi cación Estratégica para que disponga a quien corresponda emita opinión técnica favorable. Que, mediante Informe Nº 173-2017-MSB-GM-GPE, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica, ha emitido opinión técnica favorable al Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Municipalidad; Que, mediante Informe Técnico Nº 327-2017-SERVIR/ GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil ha emitido opinión favorable, indicando que se ha cumplido con lo dispuesto por la normatividad antes acotadas y con lo señalado en los numerales 1.1, 1.3 y 1.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 038-MSB-GM-GAJ, considera que debe aprobarse la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Municipalidad, toda vez que se han cumplido las Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; precisando que la Ordenanza Municipal que aprueba el CAP Provisional, deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de esta Corporación Edil en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables a que alude la Ley Nº 27806- Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad de San Borja, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y modi fi catoria; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional aprobado mediante el artículo segundo de la Ordenanza N° 539-MSB, publicada el 16.03.2015; así como cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Unidad de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal institucional de la Municipalidad de San Borja y en el Portal del Estado Peruano y a la Unidad de Recursos Humanos, la remisión a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR del archivo digital del Cuadro de Asignación de Personal Provisional, dentro del plazo de treinta (30) días de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde ANEXO 4-B FORMATO Nº 1 CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL ENTIDAD : MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA SECTOR : I. DENOMINACIÓN DEL ORGANO: ALCALDIA DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: Nº ORDENCARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGOCARGO DE CONFIANZA OP 001 ALCALDE 030.01.00.1 FP 1 1002 ASESOR II 030.01.00.2 EC 1 1 1 003 ASESOR I 030.01.00.2 EC 1 1 1 004 ESPECIALISTA DE ALCALDÍA 030.01.00.2 EC 1 1 1005 ASISTENTE DE ALCALDÍA 030.01.00.2 EC 1 1 1006 SECRETARIA III 030.01.00.6 SP-AP 1 1007 CHOFER I 030.01.00.6 SP-AP 1 1 TOTAL ÓRGANO 7 2 5 4