Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2018 (21/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de marzo de 2018 /

El Peruano

Prorrogan plazos para pago de primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2018 y para acogerse al beneficio extraordinario por pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018-MDC Cieneguilla, 27 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Informe Nº 034-2018/MDC-GATR, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 0642018-MDC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 031-2018-MDC/GM de la Gerencia Municipal; CONSIDERADO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 273-MDC, se fijó como fecha de vencimiento para el pago anual al contado, para la primera cuota del pago fraccionado del Impuesto Predial, y para el pago de la primera cuota de arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2018, el día 28 de febrero de 2018. Así también, la citada Ordenanza aprueba el beneficio extraordinario de descuento por pronto pago para quienes cumplan con el pago anual adelantado de los arbitrios municipales del ejercicio 2018 y que además cumplan con pagar la totalidad del impuesto predial del ejercicio 2018 hasta el último día hábil del mes de febrero de 2018; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través de su Informe del visto, da cuenta sobre la necesidad de prorrogar hasta el 31 de marzo de 2018, inclusive, la fecha de vencimiento antes señalada a efectos de permitir que los contribuyentes puedan recibir oportunamente sus liquidaciones tributarias del ejercicio corriente y cumplir con sus obligaciones tributarias; en dicho extremo la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 064-2018-MDC/GAJ opina favorablemente sobre la referida prórroga. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y en lo establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 273-MDC. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2018, inclusive, el vencimiento de la fecha de pago de la primera cuota del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2018, aprobado por Ordenanza Nº 273-MDC. Artículo Segundo.- PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2018, inclusive, la fecha para acogerse al beneficio extraordinario por pronto pago, aprobado por Ordenanza Nº 273-MDC. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Subgerencia de Logística la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación en la

página web de la municipalidad: www.municieneguilla. gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob. pe, y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1627643-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 269-MDC mediante la cual se aprobó el Programa de Incentivos para la Regularización de Predios en Cieneguilla
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2018-MDC Cieneguilla, 28 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Informe Nº 40-2018-GATR/MDC, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Memorando Nº 11-2018-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la vigencia del Beneficio Tributario, otorgado mediante Ordenanza Nº 269-MDC, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo 11º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, que dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 269-MDC se aprobó el Programa de Incentivos para la Regularización de Predios en Cieneguilla, que tiene por objeto incentivar la regularización voluntaria de las declaraciones juradas de los predios, así como la actualización de datos prediales, pagos de impuesto predial y arbitrios municipales hasta el 31 de diciembre de 2016, cuyo plazo de vigencia ha sido prorrogado hasta el 28 de febrero de 2018; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en la Disposición Final de la Ordenanza Nº 269MDC, concordante con el inciso 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de marzo de 2018, inclusive, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 269-MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Subgerencia de Gestión Documentaria la ejecución del presente Decreto. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General publique la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe); y, que la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional ejecute la efectiva difusión del presente, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1627638-1

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