Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2018 (23/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de marzo de 2018 /

El Peruano

Designan Jefa de la Oficina de Seguimiento y Monitoreo del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao AATE
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 122-2018-MTC/02 21 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Seguimiento y Monitoreo del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 383-2015 MTC/01.02; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Fiorella de Jesús de Lama Loja, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Seguimiento y Monitoreo del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese RAFAEL GUARDERAS RADZINSKY Viceministro de Transportes 1629569-1

ORGANISMOS EJECUTORES

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO
Aprueban el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional - del FONDEPES
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 032-2018-FONDEPES/J Lima, 21 de marzo de 2018 VISTOS: la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/OGA/ ARH e Informe Nº 0168-2017-FONDEPES/OGA/ARH del Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, los Memorandos Números 1377-2017-FONDEPES/OGA y 329-2018-FONDEPES/ OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 055-2018-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 147-2018-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de

Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), a través del cual se determinan las áreas programáticas de acción y se regulan las competencias, funciones y su estructura orgánica; Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señaló que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) se establecerá la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que en su momento aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, se aprobaron las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad­CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional); Que, el literal "f" numeral 4.3 del Apartado 4 de Disposiciones Generales de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH define al Cuadro para Asignación de Personal como: "Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE"; Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, respecto del reordenamiento de cargos establece lo siguiente: "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "n° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo. El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces (...)"; Que, asimismo, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la referida Directiva, indica que, en caso la Entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, siguiendo los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho anexo sobre reordenamiento de cargos. En ningún caso estas acciones habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, el CAP Provisional del FONDEPES, fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 320-2015-PRODUCE del 28 de setiembre de 2015, el mismo que ha sido objeto de sucesivos reordenamientos mediante Resolución Jefatural N° 029-2016-FONDEPES/J del 21 de enero de 2016, Resolución Jefatural N° 013-2017-FONDEPES/J del 24 de febrero de 2017 y Resolución Jefatural N° 064-2017-FONDEPES/J del 31 de agosto de 2017;

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