Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2018 (23/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 23 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud JAVIER ALBERTO BARREDA JARA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1629592-2

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establecidos en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y, asimismo, con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021), aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, siendo necesaria su derogatoria; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y sus normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 0862010-PCM, el Decreto Supremo Nº 052-2011-PCM y el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, la Ministra de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Producción, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Cultura, y la Ministra del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Agricultura y Riego EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo y Encargado del Despacho del Ministerio del Ambiente ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción

Decreto Supremo que crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital
DECRETO SUPREMO Nº 033-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas teniendo como objetivo alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1246, se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa, las cuales se vienen implementando progresivamente facilitando la interoperabilidad entre diversos procesos y servicios que brindan las entidades de la Administración Pública, de manera gratuita y permanente, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la referida norma; Que, por Decreto Supremo N° 060-2001-PCM se crea el "Portal del Estado Peruano" como sistema interactivo de información a los ciudadanos a través de internet, el cual proporciona un servicio de acceso unificado sobre los servicios y procedimientos administrativos que se realizan ante las diversas dependencias públicas, el mismo al que se puede acceder a través de la dirección electrónica: www.peru.gob.pe; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0322006-PCM, se crea el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE como un sistema de información en internet sobre los procedimientos, requisitos y derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades públicas del Estado, a fin de facilitar dicha información al administrado, al cual se puede acceder mediante las direcciones electrónicas: www. serviciosalciudadano.gob.pe o www.tramites.gob.pe; Que, mediante el Decreto Supremo N° 066-2011PCM se aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0, que contempla como Objetivo N° 7 "Promover una Administración Pública de calidad orientada a la población", y establece como su Estrategia 3 "Desarrollar e implementar mecanismos para asegurar el acceso oportuno a la información y una participación ciudadana como medio para aportar a la gobernabilidad y transparencia de la gestión del Estado"; Que, la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013 - 2017, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 0812013-PCM, establece como uno de sus objetivos "Acercar el Estado a los ciudadanos, de manera articulada, a través de las tecnologías de la información que aseguren el acceso oportuno e inclusivo a la información y participación ciudadana como medio para contribuir a la gobernabilidad, transparencia y lucha contra la corrupción en la gestión del Estado";

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