Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2018 (01/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de mayo de 2018 /

El Peruano

confianza con nivel de Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal. Artículo 60º.- Funciones de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 1. Diseñar y conducir los procesos de gestión de las tecnologías de información municipal. 2. Conducir la sistematización y procesamiento de la información municipal para la elaboración de informes para una adecuada toma de decisiones. 3. Elaborar estudios y proyectos de tecnologías de la información, en función a las necesidades de desarrollo tecnológico de la municipalidad. 4. Elaborar y conducir la implementación del Plan Operativo Informático de Tecnologías de la Información y el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico conforme a ley. 5. Asesorar en el proceso de inducción, administración del cambio, aprendizaje y capacitación a la población excluida del uso de las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC´s), de forma que permita su inserción como potenciales usuarios de los servicios digitales proporcionados por la municipalidad. 6. Asesorar, capacitar, orientar y promover la utilización de las tecnologías de la información y comunicaciones de la municipalidad, así como cautelar su instalación, despliegue y uso adecuado, cuidando que se cuente con las licencias de uso respectivas. 7. Brindar el adecuado soporte técnico informático a la entidad, efectuando el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos informáticos a todas las oficinas. 8. Administrar y mantener actualizado el portal municipal. 9. Realizar el backup permanente del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-SP), para salvaguardar la información que se registra diariamente, siendo responsable custodiar la información. 10. Promover el desarrollo e implementación de las Políticas de Gobierno Electrónico a nivel institucional, poniéndola a disposición de los ciudadanos a través del portal municipal. 11. Generar capacidades para el uso de las nuevas tecnologías, dirigida a los empleados de la municipalidad. 12. Gestionar la implementación de las directivas, lineamientos y normas emitidas por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros. 13. Representar a la municipalidad ante la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI). 14. Brindar asesoría a la alta dirección y a las unidades orgánicas, en concordancia con las normas técnicas, para la adquisición de equipos, repuestos, desarrollo de sistemas y soluciones tecnológicas propuestas por terceros. 15. Formular, elaborar y ejecutar el plan de contingencia informático y de comunicaciones, a fin de garantizar la normal operatividad de la red, los servicios de internet, correo electrónico y transmisión de datos. 16. Realizar el soporte diario y monitoreo de cámaras de 365 x 24 x 7, con respecto al funcionamiento de las cámaras de video vigilancia. 17. Realizar el soporte diario de 365 x 24 x 7, con respecto al funcionamiento de los radio enlaces, utilizados por las cámaras de video vigilancia. 18. Realizar el soporte diario 365 x 24 x 7, con respecto al funcionamiento de computadoras, grabadores, y televisores que se encuentra asignadas a las bases de seguridad ciudadana. 19. Realizar el soporte diario de 365 x 24 x 7, con respecto a limpieza de domos de cámaras y al funcionamiento de las radio base para la comunicación con la unidades vehiculares y a pie de la Subgerencia de Serenazgo. 20. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las cámaras de video vigilancia y de las de las radio base. 21. Administrar, evaluar, actualizar y monitorear el acceso a los servicios del portal municipal en concordancia con lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

22. Ejercer la labor de funcionario responsable de actualizar el portal de transparencia. 23. Solucionar reclamaciones formuladas por los ciudadanos a través del libro de reclamaciones físico y virtual. 24. Conducir el Sistema de Control Interno dentro de su ámbito ejecutando acciones para la mejora continua de los procesos a su cargo. 25. Proponer y remitir a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el proyecto del Plan Operativo de su área para cada año fiscal y el Cuadro de Necesidades correspondiente, así como su proyecto de Manual de Procedimientos (MAPRO). 26. Resolver asuntos de su competencia conforme a Ley. 27. Otras que se le asignen de acuerdo al ámbito de su competencia". Artículo 2º.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado por Ordenanza Nº279/ MDSM y sus modificatorias, a fin de incluir del dentro del organigrama estructural, la Gerencia de Innovación y de Cooperación Interinstitucional, en los siguientes términos: "Artículo 109º.- Gerencia de Innovación y de Cooperación Interinstitucional La Gerencia de Innovación y de Cooperación Interinstitucional es el órgano de línea responsable de la promoción de la innovación con la finalidad de brindar más y mejores servicios públicos con valor público en todos los procedimientos, programas y/o actividades que se desarrollan o desarrollarán para lograr niveles superiores en el desempeño, la competitividad, la calidad, eficacia y productividad. Así como promover alianzas estratégicas con el sector público o privado, nacional o internacional con la finalidad de lograr sus fines. Está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal. Artículo 110º.- Funciones de la Gerencia de Innovación y de Cooperación Interinstitucional 1. Mejorar los procesos, sistematización de los mismos en coordinación con la Gerencia Municipal y las unidades orgánicas de la municipalidad. 2. Establecer nuevos procedimientos y/o actividades con la finalidad de brindarle una mejor calidad de vida al ciudadano. 3. Efectuar la evaluación, de las necesidades y problemas conforme a las competencias funcionales de la municipalidad. Estando a cargo también de la evaluación de los programas municipales desarrollados, efectuado una valoración de las alternativas de mejora, con la finalidad de que se adapte a las necesidades de la población, conllevando al diseño del programa, servicio y/o actividad a ejecutarse debiendo ser este sostenible. Elaborándose el proyecto de normatividad que formalice su actualización, modificación o creación. 4. Proponer vinculación y alianza con otros actores para contar con asistencia técnica, cooperación internacional o asesoría especializada que promueve la creatividad y los nuevos puntos de vista, así como aseguren el éxito y la sostenibilidad de la propuesta innovadora. 5. Proponer incentivos o motivaciones extrínsecas que fomenten la innovación en los procesos críticos de la institución. 6. Proponer la implementación de políticas de desarrollo, gestión del conocimiento y cambio cultural para retener el talento y potenciar la creatividad que fomenta la innovación. 7. Establecer herramientas para poner a prueba la innovación y realizar ajustes (pilotos, guías, incubadoras y laboratorios) hasta lograr que sea sostenible. 8. Promover el voluntariado dentro del distrito de San Miguel, con la finalidad de impulsar la gobernanza municipal. 9. Promover programas de cooperación técnica con otras entidades o instituciones públicas u organismos internacionales, que permitan desarrollar o llevar a

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