Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2018 (01/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Martes 1 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, en líneas generales y al amparo de las normas legales mencionadas y los informes técnicos emitidos por las unidades orgánicas antes mencionadas, se propone la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel para la creación de la Gerencia de Innovación y Cooperación Interinstitucional y de la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones; Que, en concordancia con el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas Municipales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, numeral 8) y demás dispositivos pertinentes de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- MODIFICAR los artículos 59º y 60º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº279-MDSM y modificatorias, por el cambio de nivel jerárquico de la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones a Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, en los siguientes términos: "Artículo 59º.- Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones La Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones es el órgano de apoyo responsable de las acciones y actividades tecnológicas y de comunicaciones de la entidad, así como el soporte técnico informático, de conformidad con la política municipal y la normatividad vigente. Está a cargo de un funcionario de

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1310, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los TUPA y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (TUPA o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el TUPA o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (TUPA o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. a) b) c) d) e) f) g) h) 5. 6. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (TUPA o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario Oficial El Peruano.

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