Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2018 (01/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

52

NORMAS LEGALES

Martes 1 de mayo de 2018 /

El Peruano

Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, hacia la 2º Sala Civil Permanente de Tacna de la misma Corte Superior, toda vez que la carga procesal de la Sala Laboral se vería bastante disminuida, y por el contrario, la 2º Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia Tacna, que cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal de diez personas, vería incrementada sustancialmente su carga procesal al tener que tramitar adicionalmente los expedientes correspondientes a los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que dejará de tramitar la Sala Laboral Permanente de dicha jurisdicción. Artículo Trigésimo Primero.- Para la implementación de las acciones dispuestas en los artículos precedentes, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia inmersas en la presente resolución administrativa, deberán de adoptar las acciones administrativas pertinentes, a fin de evitar el quiebre de juicios en los órganos jurisdiccionales a su cargo. Artículo Trigésimo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca, Huaura, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Este, Madre de Dios, Selva Central, Sullana y Tacna, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1642784-1

Segundo.- Mediante Resolución Administrativa Nº 39-2015-P-CSJLE/PJ, de fecha 23 de enero del 2015, se dispuso la creación e implementación de la Oficina Desconcentrada del Registro Distrital Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima Este (Sede Las Flores), teniendo a su cargo el Registro Distrital de Condenas (RDC), Registro Distrital de Requisitorias (RDRQ), Registro Distrital de Deudores Alimentarios Morosos (REDIDAM), Registro Distrital de Autorización y Oposición de Viajes de Menores (REDAVIM) y Registro Distrital de Internos Procesados y Sentenciados (REDIPROS), estableciéndose la competencia de la Oficina Principal y de su Oficina Desconcentrada. OFICINA PRINCIPAL: Ubicada en Av. Nicolás Ayllón 632, del distrito de Chaclacayo (hoy en día ubicada en Av. Los Ingenieros N° 301, Urbanización Industrial La Merced ­ Ate); siendo los distritos de competencia los Órganos jurisdiccionales ubicados en Matucana, Lurigancho Chosica, Chaclacayo, Huaycán, Ate, La Molina y Santa Anita. OFICINA DESCONCENTRADA: Ubicada en Av. Flores de Primavera N°400-402, del distrito de San Juan de Lurigancho; siendo los distritos de competencia los Órganos Jurisdiccionales ubicados en El Agustino y San Juan de Lurigancho. Tercero.- Desde la creación del Registro Distrital Judicial en esta Corte Superior de Justicia a la fecha, se han implementado nuevos Registros, teniéndose los siguientes: Registro Distrital de Condenas (RDC), Registro Distrital de Requisitorias (RDRQ), Registro Distrital de Deudores Alimentarios Morosos (REDIDAM), Registro Distrital de Autorización y Oposición de Viajes de Menores (REDAVIM), Registro Distrital de Internos Procesados y Sentenciados (REDIPROS), Registro Distrital de Deudores Judiciales Morosos (REDIDJUM), Registro Distrital de Menores Infractores ­ Lima Este (REGMIN), Registro de Reservas de Fallo Condenatorio (REDIRFACO), Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI) y Registro de Firmas, Sellos y datos de los Magistrados y Secretarios Judiciales (RENAFE). Cuarto.- Por Oficio de vistos, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, remite el Informe N° 432018-GAD-UPD-CSJRR-CSJLE/PJ, emitido por la Coordinación de Servicios Judiciales, Recaudación y Registros, que informa de las necesidades y dificultades de los Órganos Jurisdiccionales ubicados en Matucana (Huarochirí), Lurigancho - Chosica, Chaclacayo y Huaycán (Ate), con relación a la remisión de la documentación a la Oficina Principal del Registro Distrital Judicial, para los diversos registros; y siendo el objetivo de REDIJU que la información remitida por los órganos jurisdiccionales sean procesadas en un plazo máximo de 24 horas, en lo que respecta a la atención de solicitud de registro y emisión de información y otros, tal y como los dispone el Reglamento del Registro Nacional Judicial ­ RENAJU, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 003-2012-CE-PJ. Quinto.- El Poder Judicial conforme a lo establecido en la Constitución Política es el Poder del Estado encargado de administrar justicia; en ese sentido, es política institucional hacer más eficiente, eficaz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadanía, así como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los órganos jurisdiccionales según corresponda al ámbito geográfico en el que se desarrollan. Sexto.- Que teniendo en consideración la distancia que existe entre los Órganos Jurisdiccionales y la Sede donde funciona actualmente la Oficina Principal del Registro Distrital Judicial ­ REDIJU ­ Lima Este, que a la fecha se encuentra funcionando en Av. Ingenieros N° 301, Urbanización Industrial La Merced ­ Ate, resulta pertinente estimar la propuesta formulada por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, por lo que se debe de crear e implementar otra Oficina Desconcentrada, la misma que se ubicará en el distrito de Chaclacayo, la cual brindará la atención a los Órganos Jurisdiccionales de los distritos de Matucana (Huarochirí), Lurigancho ­ Chosica, Chaclacayo y Huaycán del Distrito de Ate, que registra una elevada carga de requerimientos que se formula por

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la creación e implementación de la Oficina Desconcentrada del Registro Distrital Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima Este - REDIJU, con sede en Chaclacayo
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 379-2018-P-CSJLE/PJ Ate, 27 de abril de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 38-2014-P-CSJLE/ PJ, de fecha 20 de junio de 2014, la Resolución Administrativa Nº 39-2015-P-CSJLE/PJ, de fecha 23 de enero de 2015, Oficio N° 240-2018-GAD-CSJLE/PJ, de fecha 27 de abril de 2018 y el Informe Nº 43-2018-GADUPD-CSJRR-CSJLE/PJ, de fecha 26 de abril de 2018; y. CONSIDERANDO: Primero.- A través de Resolución Administrativa Nº 38-2014-P-CSJLE/PJ, se implementó el Registro Distrital Judicial ­ REDIJU, en esta Corte Superior de Justicia, el cual tiene a su cargo el Registro Distrital de Condenas (RDC), Registro Distrital de Requisitorias (RDRQ), Registro Distrital de Deudores Alimentarios Morosos (REDIDAM), Registro Distrital de Autorización y Oposición de Viajes de Menores (REDAVIM) y Registro Distrital de Internos Procesados y Sentenciados (REDIPROS).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.