Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2018 (11/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de mayo de 2018 /

El Peruano

jcordovac, de fecha 24 de abril de 2018, de la Dirección de Supervisión y Fiscalización, con el cual se hizo de conocimiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, entre otros, lo siguiente: "Las descargas de los recursos jurel y caballa por embarcaciones de artesanales, en el marco de la pesca exploratoria autorizada mediante la Resolución Ministerial N° 095-2018-PRODUCE, modificada por Resolución Ministerial N° 140-2018-PRODUCE, es de 6,893 toneladas, (...)"; Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura mediante el Informe N° 156-2018-PRODUCE/DGPARPA-DPO, sustentado en los documentos mencionados en el considerando precedente, concluye que "(...), se considera pertinente emitir una Resolución Ministerial que de por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) autorizada por Resolución Ministerial N° 095-2018-PRODUCE, y modificada por Resolución Ministerial N° 140-2018-PRODUCE, en el extremo referido a las operaciones realizadas por embarcaciones artesanales, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial (...)"; Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Supervisión, Fiscalización y Sanción, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) autorizada por Resolución Ministerial N° 095-2018-PRODUCE, modificada por Resolución Ministerial N° 140-2018-PRODUCE, en el extremo referido a las operaciones realizadas por embarcaciones artesanales, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los armadores de embarcaciones artesanales que desembarquen los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial estarán exceptuados de las infracciones y sanciones previstas referidas a la captura de ejemplares de los citados recursos en tallas menores a las establecidas, siempre que demuestren haber contado con autorización de zarpe emitida con fecha anterior a la finalización de la pesca exploratoria. Artículo 3.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado, conforme a lo establecido en el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 4.- Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca Artesanal, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1646766-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Asesor II del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2018-TR Lima, 9 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Recursos Humanos; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR al señor JUAN CARLOS ORTECHO FERNÁNDEZ, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1646533-1

Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor de la Universidad Nacional de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2018-TR Lima, 9 de mayo de 2018 VISTOS: El Oficio N° 92-2018-MTPE/3 del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Oficio N° 293-2018-MTPE/3/24.3 de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe N° 219-2018-MTPE/3/24.3/CE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando N° 420-2018-MTPE/3/24.3/CE/UGCC de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales; el Oficio N° 213-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1044-2018MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011TR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 0042012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR, se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-TR, se modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" por la de Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", en adelante, el Programa, y señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones,

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