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15 NORMAS LEGALES Viernes 11 de mayo de 2018 El Peruano / proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”; Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza la realización de manera excepcional, de transferencias fi nancieras con entidades públicas, entre otros, para los procesos de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, aprobado por Resolución Ministerial N° 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, en el contexto legal enunciado y acorde a lo establecido en el Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con fecha 17 de abril del 2018, el Programa suscribe con la Universidad Nacional de Piura, el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 001-2018, con el objetivo de realizar la capacitación, intermediación e inserción laboral en los cursos de Operario Agrícola y Operario de Empaque para Agroexportación en la región Ancash, y el curso de Operario Agrícola en las regiones de Ica, Lambayeque, La Libertad y Piura; Que, la Cláusula Sétima del convenio antes señalado, establece que el Programa fi nanciará el costo total de la actividad hasta por el monto ascendente a S/ 1 271 412,00 (UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES); a efectuarse a través de dos (02) desembolsos: el primero, correspondiente al 80% del monto total a la suscripción del referido convenio, y el segundo desembolso correspondiente al 20% del monto restante, a la entrega del informe parcial con 60% de avance de la capacitación; Que, en ese contexto, la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certi fi cación de Competencias Laborales, a través del Memorando N° 420-2018-MTPE/3/24.3/CE/UGCC, solicita iniciar los trámites de la transferencia fi nanciera a favor de la Universidad Nacional de Piura, por el monto de S/ 1 271 412,00 (UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el mencionado convenio; Que, mediante el Informe N° 219-2018-MTPE/3/24.3/ CE/UGP, la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa “Impulsa Perú”, remite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 192 - 2018, correspondiente al monto del convenio a desembolsar a favor de la Universidad Nacional de Piura; Que, mediante O fi cio N° 293-2018/MTPE/3/24.3, la Coordinación Ejecutiva del Programa Impulsa Perú solicita continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a la Universidad Nacional de Piura; en el marco de lo dispuesto en la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, a través del O fi cio N° 213-2018-MTPE/4/9 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 134-2018-MTPE/4/9.2 emitido por la O fi cina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1044-2018-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y modi fi catoria; y la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú” a favor de la Universidad Nacional de Piura, hasta por la suma total de S/ 1 271 412,00 (UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 00/100 SOLES), correspondiente al monto total establecido en el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 001-2018, el mismo que se realizará a través de dos desembolsos detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución ministerial y el Anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1646534-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 120-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para distintas localidades del departamento de San Martín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 421-2018-MTC/03 Lima, 3 de mayo de 2018VISTO, el Informe N° 2063-2018-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 120- 2004-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de San Martín; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2063-2018-MTC/28, propone la incorporación de las localidades de