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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2018 (11/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 11 de mayo de 2018 El Peruano / De conformidad con el artículo 36 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE:Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAPISCO S.A. Artículo 2°.- NOTIFICAR a EPS EMAPISCO S.A. la presente resolución. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Gerente (e) de Regulación Tarifaria 1646139-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas para la ejecución de proyectos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 066-2018-CONCYTEC-P Lima, 8 de mayo de 2018VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 009- 2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el O fi cio Nº 170- 2018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 129-2018-CONCYTEC-OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021- 2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP denominada “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, (en adelante, la Directiva);Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos fi nancieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante el O fi cio Nº 170-2018-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación del otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor de Subterra Ingeniería S.A.C. (S/ 116,295.54) y de la Universidad Católica Sedes Sapientiae (S/ 45,904.99), por un monto total ascendente a S/ 162,200.53, quienes resultaron ganadores del Concurso 2016-01 del Esquema Financiero 027 denominado “Proyectos de I+D+i con Participación internacional - CDTI España”, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 052-2017-FONDECYT-DE; y del Concurso Esquema Financiero E052-2016-01 denominado “Proyectos en Temas Estratégicos - CYTED”, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 150-2016-FONDECYT-DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 009-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de Subterra Ingeniería S.A.C. (S/ 116,295.54) y de la Universidad Católica Sedes Sapientiae (S/ 45,904.99), por el importe total ascendente a S/ 162,200.53, para co fi nanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan copia del Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000205, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 150-2016-FONDECYT-DE y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 052-2017-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas para cofi nanciar los Proyectos de las instituciones aprobadas mediante contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, agrega que es viable técnica y legalmente otorgar las subvenciones para co fi nanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante contratos suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verifi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha veri fi cado que las subvenciones solicitadas cuentan con los contratos correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, rati fi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 009-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios/contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 129-2018-CONCYTEC- OGPP, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que ha veri fi cado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable y con la visación de la presente Resolución, ratifi ca la viabilidad de la presente autorización en el marco de sus competencias, concluyendo que la solicitud del otorgamiento de subvenciones efectuada por el FONDECYT, cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se co fi nanciará los