Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de mayo de 2018 /

El Peruano

presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio; señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado; precisando que las propuestas de decreto supremo correspondientes sólo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018; Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, establece que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación deben contar con la conformidad de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, respecto a que el proyecto de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación cierren brechas y correspondan con los criterios de priorización del Sector, en el marco de la normatividad que regula la inversión; siendo que, en el caso de los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación que no cuenten con el estudio definitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para financiar esta finalidad, y sólo deben contar con la conformidad de la OPMI del Sector respecto del cierre de brechas y criterios de priorización del proyecto de inversión y/o las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, en el marco de la normatividad que regula la inversión; Que, de acuerdo al numeral 13.5 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, la OPMI de los Sectores es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, según corresponda, para lo cual realiza el monitoreo respectivo, lo que no comprende las acciones de supervisión a cargo de la unidad ejecutora de inversiones de los proyectos e inversiones antes mencionadas, así como las acciones que realiza la Contraloría General de la República en el marco de sus competencias; señalando además que las unidades ejecutoras de inversiones o las entidades receptoras de las transferencias informan a la OPMI del Sector que transfiere los recursos el avance físico y financiero de la ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema nacional, según corresponda; Que, mediante los Informes Nºs 173 y 189-2018-OPOGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar proyectos de inversión, en el marco de los convenios suscritos con diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30693; Que, asimismo, mediante los Informes Nºs 063 y 085-2018-OPMI-OGPPM/MINSA, la OPMI de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, indica que los proyectos de inversión cumplen con el cierre de brechas y se encuentran dentro de las prioridades del Sector, de acuerdo a lo señalado en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30693; en virtud de lo cual, el Ministerio de Salud con los Oficios Nºs 1184 y 1213-2018-SG/MINSA solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 53 148 149,00 (CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO

CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de 04 Gobiernos Regionales y 04 Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de 09 proyectos de inversión, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30693; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 53 148 149,00 (CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, favor de 04 Gobiernos Regionales y 04 Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de 09 proyectos de inversión, conforme a lo indicado en la parte considerativa, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 53 148 149,00 --------------------TOTAL EGRESOS 53 148 149,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGOS

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros Sub Total Gobiernos Regionales PLIEGOS : Gobiernos Locales 38 149 997,00 -------------------39 687 274,00 -------------------1 537 277,00

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 13 460 875,00 ------------------13 460 875,00 ------------------TOTAL EGRESOS 53 148 149,00 ===========

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros Sub Total Gobiernos Locales

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