Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de mayo de 2018 /

El Peruano

Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil dieciocho. YILMER GONZALES KHAN Consejero Delegado Consejo Regional 1654008-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban Plan Regional Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2017-2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2017-GRU-CR Pucallpa, seis de diciembre de 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú declara en su artículo 1º que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado, y en el inciso 2 del artículo 2º garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, condición económica o de cualquier otra índole, y el artículo 7º señala que todos tienes derecho a la protección de su salud; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley, y en el Artículo 4º, literal a), establece que, los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas Nacionales y Sectoriales; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; así también el artículo 60º, inciso h), establece como función de los Gobiernos Regionales formular y ejecutar políticas de acciones para que la asistencia social se torne productiva para la Región, con protección y apoyo a los Niños, Jóvenes y Adolescentes; Que, la atención de la primera Infancia y la Adolescencia es una política de Estado que compromete a todas las Instituciones Públicas de nuestra Región, con participación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efectivizar resultados inmediatos y

generar políticas públicas en la Región; garantizando la protección, defensa y promoción de los derechos de los niños y niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efectivo a oportunidades de desarrollo integral; Considerando que en la Región Ucayali existe un alto índice de embarazo en Jóvenes entre 15 y 19 años tal como lo muestran los principales indicadores sanitarios tenemos que en el Perú, según la última Encuesta Nacional Demográfica y Salud Familiar (ENDES 2016), el índice de embarazo en jóvenes de 15 a 19 años fue de 12.7%, el cual mostró una ligera disminución con respecto del año 2015 (13.6%); sin embargo, en la Región Ucayali por el contrario, se mostró un incremento de 0.5% alcanzando un 26.7% con respecto del año anterior (ENDES 2015: 26.2%), situando a la Región Ucayali en segundo lugar de embarazo en jóvenes a nivel nacional de 15 a 19 años; A nivel nacional, en cuanto al área de residencia se evidencia una marcada diferencia entre el área rural y urbana, mostrándonos un 22.7% de embarazo en Adolescentes en las zonas rurales frente a un 9.8% en zonas urbanas, ubicando a Purús y Atalaya como las dos Provincias con mayor cantidad de casos de embarazos en Adolescentes, a diferencia de Coronel Portillo y Padre Abad; asimismo que de acuerdo a etnicidad, esta problemática sitúa a la población indígena de la Amazonía como la etnia que muestra más casos de esta problemática a nivel nacional. Siendo éstas (área de residencia y etnia) dos características importantes de nuestro espacio geográfico; Que, el Estado Peruano asumió en los últimos años una serie de compromisos para incrementar los Servicios de Nutrición, Salud, Educación y protección a favor de la Primera Infancia y mejorar así su calidad de atención, figurando entre ellas el Acuerdo Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 105-2002-PCM, el Plan Regional de Acción por la Infancia y la Adolescencia ­ PRAIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0012012-MIMP, el mismo que mediante Ley Nº 30362 es elevado a rango de ley y declara de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para garantizar su cumplimiento; el Proyecto Educativo Nacional, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 001-2007-ED; el Pacto Social por la Educación de la Primera Infancia y Los lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientada a promover y proteger la Primera Infancia y Adolescencia aprobada con DS Nº 010-2016/MIDIS; La Adolescencia es el periodo del ciclo de vida donde los seres humanos alcanzan la madurez sexual e inician un proceso gradual de búsqueda, autonomía e independencia orientada a contribuir el desarrollo integral al que tienen derecho. Por tanto, Las y Los Adolescentes que pasan por un embarazo no deseado afrontan un número importante de situaciones en la dimensión individual, familiar y social tales como: interrupción de proyecto de vida, el abandono de su pareja y el acceso a oportunidades de desarrollo. Un embarazo no deseado incrementa en los adolescentes el riesgo de enfermar y/o morir, así como el producto de la gestación; Que, en este sentido el Plan Regional Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2017-2021, es una expresión del Gobierno Regional de Ucayali, de los diferentes sectores públicos, privados y de los representantes de la población Adolescente y Joven, frente a la necesidad de formar ciudadanos y ciudadanas con conocimientos, valores, actitudes y habilidades sociales que les posibiliten la vivencia de una sexualidad saludable, plena y responsable, en el marco de la realización de un plan de vida y un mejor acceso a oportunidades de desarrollo y bienestar, en el marco del plan bicentenario "El Perú hacia el 2021" (CEPLAN) y el Plan Regional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2013-2021 (PRAIA 2021) el cual establece el desarrollo de oportunidades y acceso a servicios, los mismos que se encuentran en los objetivos de desarrollo sostenible; Que, con INFORME LEGAL Nº 045-2017-GRU-CR/ WGM, de fecha 17 de noviembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez ­ Abogado IV del Consejo Regional, opina aprobar la propuesta normativa

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