Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de mayo de 2018 /

El Peruano

Segunda.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo ésta autorizado a firmar convenios con las instituciones públicas y privadas correspondientes de acuerdo a Ley, que permitan garantizar la legalidad y transparencia del proceso materia de esta Ordenanza, así como contar con el personal profesional especializado y técnico que se requiera para desarrollar el Proceso del Presupuesto Participativo 2019. Tercera.- Las situaciones técnicas no previstas en la presente Ordenanza referidas al desarrollo de los Talleres de trabajo serán resueltas por el Equipo Técnico, dentro del marco legal previsto en el artículo 3º de la presente Ordenanza. Cuarta.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza, el Anexo que contiene el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del año 2019, estando facultado el Alcalde a modificarlo, a propuesta del Equipo Técnico, mediante Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde ANEXO ­ ORDENANZA Nº 407 ­MDS CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CONVOCATORIA: Jueves, 31 de mayo de 2018. INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES: Del 31 de mayo al 13 de junio de 2018. PRIMER TALLER: TALLER DE CAPACITACIÓN ­ RENDICIÓN DE CUENTAS Miércoles, 13 de junio de 2018. SEGUNDO TALLER: DE DEFINICIÓN CRITERIOS Y PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS Viernes, 15 de junio de 2018. DE

CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local; reconociéndoles autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; facultad desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la gestión pública y a garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación, rendición de cuentas y vigilancia; siendo de competencia y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, estipula lo siguiente: atribuciones del Alcalde: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas". El artículo 39º segundo párrafo de la normal precitada, establece que: "el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía (...)". Asimismo, el artículo 42º, señala que: los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 007-2012-CDB de fecha 27 de junio del 2012, se regula el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en nuestro distrito, el mismo que tiene como objetivo, reglamentar la participación de las entidades del estado y la sociedad civil e institucionalizarlo como instrumento de gestión Municipal; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita modificar el cronograma para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Bellavista; Que, mediante el Informe Nº 092-2018-MDB-GAJ de fecha 16 de abril del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta ajustado a Ley, emitir el Decreto de Alcaldía por el cual se apruebe el cronograma de acciones para el desarrollo del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Bellavista para el año 2019; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42º Y EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES. SE DECRETA: Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Bellavista para el año 2019, conforme al anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que adopten las acciones correspondientes para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE el presente Decreto en el diario oficial El Peruano, en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munibellavista.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE: www.psce.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. NANDER YOPLAC VILLAVICENCIO Alcalde 1653586-1

TERCER TALLER: FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2019 Martes, 19 de junio de 2018. LUGAR: CASA DE LA JUVENTUD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO. Hora: 5:00 p.m.

1654080-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito para el año 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2018-MDB Bellavista, 16 de abril del 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO, el Informe Nº 034-2018-MDB-GPP de fecha 05 de abril del 2018 remitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y,

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