Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 31 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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de Ate, hasta el 15 de Junio del 2018; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1654204-2

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 504-2018-MDB Mediante Oficio Nº 275-2018-SG-MDB, la Municipalidad Distrital de Breña solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 504-2018-MDB, publicada en la edición del 23 de mayo de 2018. DICE: "Artículo Primero.- APROBAR..." DEBE DECIR: "Artículo Primero.- RATIFICAR..." 1653722-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla
ORDENANZA Nº 282-2018-MDC Cieneguilla, 29 de mayo de 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 022-2018-MDC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 149-2018-MDC/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 087-2018-MDC/GM de la Gerencia Municipal, referente al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Año 2019 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley 27680 en su capítulo XIV del título IV, en materia de Descentralización establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en el artículo 53º que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos en la gestión pública; ésta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria Ley Nº 29298 y Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señala los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece en su artículo 7º, inciso 7.3 que el Gobierno Local, convoca a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso participativo, para facilitar su participación; Que, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numerales 14, 34 y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0072010EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de carácter general y permanente; Que, la Ley General de Procedimientos Administrativos, Ley Nº 27444 establece en su artículo 17º, numeral 17.1 que se podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga la eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil; así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del Proceso del Presupuesto Participativo para el año 2019, el cual permitirá asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo local; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2019 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR con eficacia anticipada, con fecha 02 de mayo de 2018, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado

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