Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Jueves 31 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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respectivamente, sobre "Prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 250-2018-MDSL/C"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (...) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 250-2018-MDSL/C de fecha 30 de Abril del 2018, el Concejo Municipal de San Luis, que estableció beneficio de regularización de deudas tributarias parea las personas naturales y jurídicas del distrito de San Luis que tengan la calidad de omisos y subvaluadores y para los predios fiscalizados, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Mayo del 2018; Que, en la Tercera Disposición Final y Complementaria de la citada Ordenanza; faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento. Que, por otro lado mediante Informe Nº 026-2018-MDSLGAT de fecha 28 de Mayo del 2018, la Gerencia de Administración Tributaria, sugiere se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 250-2018-MDSL/C de fecha 30 de Abril del 2018, Asimismo con Informe Nº 181-2018-GAJ-MDSL de fecha 28 de Mayo del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 14 de Julio del 2018, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 250-2018-MDSL/C de fecha de 30 de Abril del 2018, el mismo que estableció beneficio de regularización de deudas tributarias para las personas naturales y jurídicas del distrito de San Luis que tengan la calidad de omisos y subvaluadores y para los predios fiscalizados. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas correspondiente, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática y Tecnología de la Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munisanluis. gob.pe . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1654063-1

Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 252-2018-MDSL/C, que aprobó beneficios administrativos y condonación de multas administrativas
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2018-MDSL/A San Luis, 29 de mayo del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 052-2018-MDSL-GDU/SGGRDCyS fecha 29 de Mayo del 2018, Informe Nº 182-2018-GAJMDSL de fecha 29 de Mayo del 2018 emitido por la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre "Prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 252-2018-MDSL/C"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (...) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 250-2018-MDSL/C de fecha 30 de Abril del 2018, el Concejo Municipal de San Luis, aprobó beneficios administrativos y condonación de multas administrativas, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Mayo del 2018; Que, en la Segunda Disposición Complementaria de la citada Ordenanza; faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento. Que, por otro lado mediante Informe Nº 052-2018-MDSL-GDU/SGGRDCyS, la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones sugiere se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 252-2018-MDSL/C de fecha 30 de Abril del 2018, Asimismo con Informe Nº 182-2018-GAJ-MDSL de fecha 29 de Mayo del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 16 de Junio del 2018, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 252-2018-MDSL/C de fecha de 30 de Abril del 2018, el mismo que aprobó beneficios administrativos y condonación de multas administrativas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas , Gerencia de Desarrollo Urbano , Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones y demás unidades orgánicas correspondiente, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

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