Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2018 (08/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de noviembre de 2018 /

El Peruano

el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y PRIORIDAD REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA CENTRAL TÉRMICA A GAS NATURAL EN LA REGIÓN TACNA con la finalidad de promover las condiciones necesarias para el afianzamiento de la seguridad energética y la masificación del uso del gas natural. Artículo Segundo.- DISPONER que las entidades del sector público del ámbito regional articulen acciones conjuntas con estamentos del gobierno nacional y del sector privado especializado, con la finalidad de identificar, promover y concertar a través de planes, programas y/o proyectos, la generación de estudios técnicos estratégicos orientados a crear las condiciones que posibiliten la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna implemente la presente Ordenanza Regional, informando al Consejo Regional semestralmente de las acciones adoptadas para este fin. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintiocho de diciembre del año dos mil dieciséis. OCTAVIO BENITO VEGA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 13 de febrero de 2017. OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1709246-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA; VISTO: El Informe Nº123-2018-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 280-2018GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 723-2018-GM/MCPSMH de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 130-18/MCPSMH, se aprobó un Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria, en la jurisdicción del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, el mismo que estuvo vigente desde el 23 de Julio del 2018 hasta el 15 de Agosto del 2018. Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MCPSMH, se prorrogó el plazo de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-2018-MCPSMH, cuya fecha de vencimiento fue hasta el 19 de Octubre del 2018. Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Informe de Vistos, señala que viene realizando diversas acciones dirigidas a los contribuyentes, como la entrega de cartas personalizadas, volanteo, perifoneo, entre otras acciones, y que debido a que existen contribuyentes que se acercan a la municipalidad a cumplir con sus obligaciones, propone PRORROGAR la Ordenanza Nº 130-2018-MCPSMH, hasta el 30 de Noviembre del 201, así también señala que resulta necesario incluir en el Decreto de Alcaldía el Pago de Vencimiento de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales, considerando que en la Ordenanza Nº 130-2018-MCPSMH, solo considera hasta la Segunda Cuota. Que, mediante el Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal favorable respecto a la ampliación de la fecha de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-18/MCPSMH. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento establecido en la Ordenanza Nº 130-18/ MCPSMH ­ Ordenanza que establece Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y de Regularización Tributaria, hasta el 30 de Noviembre del 2018 y que para su efecto inclúyase el Pago de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipal del Año 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1709178-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Prorrogan plazo de beneficio temporal para el pago de deudas tributarias y de regularización tributaria, establecido en la Ordenanza N° 130-18/MCPSMH
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-18/MCPSMH Santa María de Huachipa, 22 de octubre del 2018

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