Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2018 (11/11/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 11 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: APROBACIÓN SEGÚN OPINIÓN DE CONCEJO PARA LA RECTIFICACIÓN DE LA NUMERACIÓN DE LAS CUADRAS 1 Y 2 DEL JR. PERÚ, EN EL DISTRITO DE LA BANDA DE SHILCAYO En cumplimiento al Dictamen de la comisión de infraestructura, planeamiento urbano, estudios y proyectos de la MDBSH, opina que el citado dictamen sea elevado a sesión de concejo, a fin de someter a votación y aprobación. Que, con fecha 20 de Junio del 2018 en la Sesión de Concejo Ordinaria y mediante Acuerdo de Concejo Nº 058, se aprueba la rectificación de las cuadras del Jr. Perú Cdra. 01 y Cdra. 02 y la numeración. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Artículo Primero.- RECTIFÍQUESE, la numeración y las Cuadras 01 y 02 en el Jr. Perú, en el Distrito de la Banda de Shilcayo, de acuerdo a la Ordenanza Municipal No. 049­2011-2018, teniendo en cuenta la base gráfica de la Municipalidad Provincial de San Martín, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972 Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la División de Fiscalización y Policía Municipal previa coordinación de la Oficina de Fiscalización Tributaria de la MDBSH, para su cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, debiendo adecuarse los procedimientos en trámite a las modificaciones introducidas en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.munibandadeshilcayo.gob. pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HILDEBRANDO GARCÍA PAREDES Alcalde 1710713-1

MERCURIO Y LAS SESIONES DE INFORMACIÓN SOBRE LOS CONVENIOS DE BASILEA, ROTTERDAM Y ESTOCOLMO Y EL ENFOQUE ESTRATÉGICO PARA LA GESTIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS INTERNACIONALES La Organización de las Naciones Unidas, representada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (en adelante "el PNUMA"), y El Gobierno de la República del Perú (en adelante "el Gobierno"); CONSIDERANDO: Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) ha aceptado la propuesta del Gobierno de la República del Perú para acoger las consultas regionales de América Latina y el Caribe para la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio de Minamata sobre el Mercurio y las sesiones de información sobre los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo y el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos Internacionales (SAICM); Que, de acuerdo con el Artículo 24, numeral 3, del Convenio de Minamata sobre el Mercurio las funciones de la secretaría son desempeñadas por el Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente; Que, en vista de lo mencionado, el Gobierno pretende establecer los arreglos necesarios con el PNUMA para la organización de las consultas regionales de América Latina y el Caribe para la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio de Minamata sobre el Mercurio y las sesiones de información sobre los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo y el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos Internacionales (SAICM) en la ciudad de Lima; Para lo cual, celebran el siguiente ACUERDO ARTÍCULO I Nombre, lugar y fecha de las reuniones Las reuniones se denominarán "Consultas Regionales de América Latina y el Caribe para la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio de Minamata sobre el Mercurio", que se llevará a cabo el 30 y 31 de octubre de 2018, y "Sesiones de Información sobre los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo y el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos Internacionales (SAICM)", que se llevará a cabo el 29 de octubre de 2018, ambas en la ciudad de Lima, Perú. ARTÍCULO II Precedencias El Gobierno concederá a todos los asuntos comprendidos en este Acuerdo, la precedencia que sea necesaria para lograr una adecuada organización de las reuniones y asegurar su buen desarrollo. ARTÍCULO III Enlaces 1. El Gobierno y el PNUMA designarán funcionarios de enlace para coordinar la organización, funcionamiento y desarrollo eficientes de las reuniones. 2. El Gobierno designa como enlace a la Directora General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, y el PNUMA, a la Secretaria Ejecutiva del Convenio de Minamata sobre el Mercurio. ARTÍCULO IV Invitaciones 1. El Director Ejecutivo del PNUMA invitará a las personas que participarán en las reuniones (en adelante "los Participantes"), que comprenderán a:

CONVENIOS INTERNACIONALES

Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de las consultas regionales de América Latina y el Caribe para la Segunda Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio de Minamata sobre el Mercurio y las sesiones de información sobre los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo y el enfoque estratégico para la gestión de productos químicos internacionales
ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ RELATIVO A LA CELEBRACIÓN DE LAS CONSULTAS REGIONALES DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE PARA LA SEGUNDA REUNIÓN DE LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DEL CONVENIO DE MINAMATA SOBRE EL

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